Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma del Principado de Asturias. Convenio. (BOE-A-2025-10851)
Resolución de 14 de mayo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda al Convenio con el Principado de Asturias, para la encomienda a la Dirección General de la Guardia Civil de la seguridad de los edificios de la Administración de Justicia en Asturias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131
Sábado 31 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 71168
con las modificaciones que, en su caso, procediesen, de acuerdo con la Ley de
Presupuestos Generales del Estado y otras normas de carácter retributivo que
resulten de aplicación.»
Los apartados 2 y 3 de la cláusula sexta quedan redactados como sigue:
«2. La Comisión Mixta de Seguimiento estará copresidida por la persona que
ostente la titularidad de la Zona de la Guardia Civil en Asturias en representación
de la Dirección General de la Guardia Civil y por la persona que ostente la
titularidad de la Consejería competente en materia de Interior, en representación
de la Administración del Principado de Asturias o por las personas en quien
delegue cada una de las partes.
Como Vocales, en representación de la Administración del Estado, actuarán
tres oficiales de la 14.ª Zona de la Guardia Civil designados por el titular de la
Zona y, por parte de la Administración del Principado de Asturias la persona que
ostente la titularidad de la Viceconsejería de Justicia, la persona que ostente la
titularidad de la Dirección General competente en materia de Interior, y la persona
que ostente la titularidad del Servicio competente en materia de Interior o
personas en quienes éstos deleguen.
La Comisión Mixta de Seguimiento en todo caso se reunirá una vez al año.
3. La Comisión Técnica estará formada paritariamente por cada una de las
partes signatarias.
– Por la Dirección General de la Guardia Civil, dos oficiales de la Guardia Civil
de la 14.ª Zona, así como el oficial de la Guardia Civil que ejerza funciones de
coordinación de las Unidades de vigilancia y protección de las sedes judiciales.
– Por parte de la Administración del Principado de Asturias, la persona que
ostente la titularidad de la Viceconsejería de Justicia, la persona que ostente la
titularidad de la Dirección General competente en materia de Interior y la persona
que ostente la titularidad del Servicio competente en materia de Interior o
personas en quienes éstos deleguen.
La Comisión Técnica se encargará de atender las incidencias que se
presenten en el desarrollo de los servicios de vigilancia y de preparar las
reuniones de la Comisión Mixta de Seguimiento.
La Comisión Técnica se reunirá al menos una vez al trimestre, y en todo caso,
cuando sea convocada por cualquiera de las partes previa indicación de los
asuntos a tratar.»
cve: BOE-A-2025-10851
Verificable en https://www.boe.es
C.
Núm. 131
Sábado 31 de mayo de 2025
Sec. III. Pág. 71168
con las modificaciones que, en su caso, procediesen, de acuerdo con la Ley de
Presupuestos Generales del Estado y otras normas de carácter retributivo que
resulten de aplicación.»
Los apartados 2 y 3 de la cláusula sexta quedan redactados como sigue:
«2. La Comisión Mixta de Seguimiento estará copresidida por la persona que
ostente la titularidad de la Zona de la Guardia Civil en Asturias en representación
de la Dirección General de la Guardia Civil y por la persona que ostente la
titularidad de la Consejería competente en materia de Interior, en representación
de la Administración del Principado de Asturias o por las personas en quien
delegue cada una de las partes.
Como Vocales, en representación de la Administración del Estado, actuarán
tres oficiales de la 14.ª Zona de la Guardia Civil designados por el titular de la
Zona y, por parte de la Administración del Principado de Asturias la persona que
ostente la titularidad de la Viceconsejería de Justicia, la persona que ostente la
titularidad de la Dirección General competente en materia de Interior, y la persona
que ostente la titularidad del Servicio competente en materia de Interior o
personas en quienes éstos deleguen.
La Comisión Mixta de Seguimiento en todo caso se reunirá una vez al año.
3. La Comisión Técnica estará formada paritariamente por cada una de las
partes signatarias.
– Por la Dirección General de la Guardia Civil, dos oficiales de la Guardia Civil
de la 14.ª Zona, así como el oficial de la Guardia Civil que ejerza funciones de
coordinación de las Unidades de vigilancia y protección de las sedes judiciales.
– Por parte de la Administración del Principado de Asturias, la persona que
ostente la titularidad de la Viceconsejería de Justicia, la persona que ostente la
titularidad de la Dirección General competente en materia de Interior y la persona
que ostente la titularidad del Servicio competente en materia de Interior o
personas en quienes éstos deleguen.
La Comisión Técnica se encargará de atender las incidencias que se
presenten en el desarrollo de los servicios de vigilancia y de preparar las
reuniones de la Comisión Mixta de Seguimiento.
La Comisión Técnica se reunirá al menos una vez al trimestre, y en todo caso,
cuando sea convocada por cualquiera de las partes previa indicación de los
asuntos a tratar.»
cve: BOE-A-2025-10851
Verificable en https://www.boe.es
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