Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10870)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Dirección General de Alimentación, por la que se publica el Convenio con la Federación Nacional de Cofradías de Pescadores, para la promoción de los productos de la pesca españoles en mercados nacionales durante los años 2025 y 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 131

Sábado 31 de mayo de 2025

Sec. III. Pág. 71409

acciones. Este programa deberá presentarse ante el MAPA y estará sometido a su
aprobación.
7. Aportar todos los elementos divulgativos y promocionales necesarios para el
adecuado desarrollo de las acciones contempladas en el presente convenio.
8. Las acciones y los elementos elaborados deben estar alineados con la campaña
«Llena tu mesa de mar» del MAPA.
9. Incluir la imagen del MAPA y de #alimentosdespaña en las actuaciones
promocionales.
10. Apoyar la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden dentro
del presente convenio.
11. Informar al MAPA quince días hábiles antes de la realización de la actividad,
mediante la entrega de una ficha explicativa, que recoja los siguientes aspectos:







Actividad.
Fecha y localización de esta.
Datos de contacto del responsable de la organización (nombre, apellidos, teléfono, mail).
Descripción detallada de la misma.
Cronograma.
Información adicional (empresas participantes, actividades paralelas, etc.).

12. A efectos del pago, una vez realizadas las acciones previstas en el anexo,
elaborar y presentar la documentación pertinente para la justificación del cumplimiento
de las mismas, que consistirá en una memoria que comprenda, al menos:
a) Una descripción de las acciones realizadas.
b) Una valoración sobre su impacto.
c) Las correspondientes justificaciones sistematizadas del gasto y pago mediante
certificado bancario, indicando la parte cofinanciada por el MAPA.
d) Cualquier otra información que pueda contribuir a valorar la eficacia de las
acciones emprendidas.
13. Asegurar de que en ninguna de las actuaciones realizadas conjuntamente se
produzca doble financiación.
Quinta.

Financiación y forma de pago.

– Veinte mil euros (20.000,00 €) para el ejercicio económico 2025 con cargo a la
aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 de la Ley de Presupuestos Generales
vigente en 2025.
– Cuarenta mil euros (40.000,00 €) para el ejercicio 2026, con cargo a la aplicación
presupuestaria 21.07.413A.640.08, o la que pueda sustituirla de acuerdo con la Ley de
Presupuestos Generales del Estado vigente en el correspondiente ejercicio económico.
El MAPA realizará el pago de la cantidad estipulada a la Federación Nacional de
Cofradías de Pescadores, previa certificación justificativa de los gastos realizados, y de
conformidad con el siguiente calendario:
– Primer pago: correspondiente a las acciones objeto del presente convenio,
ejecutadas y justificadas, antes del 25 de noviembre de 2025, previa justificación por
parte de la FNCP de la ejecución de las acciones correspondientes, aportando una

cve: BOE-A-2025-10870
Verificable en https://www.boe.es

El presupuesto total que conlleva la organización y celebración de las actuaciones
programadas objeto del convenio, asciende a ciento veinte mil euros (120.000,00 €) de
acuerdo con el presupuesto que se adjunta como anexo.
El MAPA participará en las acciones objeto de este convenio con un presupuesto de
sesenta mil euros (60.000,00 €) en la totalidad del periodo de actuaciones del presente
convenio del 2025 al 2026, una vez ejecutadas y justificadas las acciones programadas.
El desglose por ejercicio será el siguiente: