Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2025-10999)
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el Convenio con la Agencia Estatal de Administración Digital y la Ciudad de Melilla, para la prestación mutua de soluciones básicas de administración digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72143
i) Seguir los procedimientos establecidos para armonizar los procesos de
administración de aplicaciones y sistemas usuarios de las soluciones tecnológicas
incluidas en el presente convenio.
j) Adoptar y cumplir las medidas de seguridad para proteger debidamente la
información y los sistemas asociados a las soluciones tecnológicas incluidas en el
presente convenio, atendiendo al Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, y a las
correspondientes Declaraciones de Aplicabilidad de las citadas soluciones.
k) Cumplir las obligaciones que le corresponden como responsable del tratamiento
de datos personales, de acuerdo con lo establecido en la cláusula decimocuarta del
presente convenio en aplicación de lo previsto en el reglamento general de protección de
datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
l) Cumplir y velar por el cumplimiento de las Normas Técnicas de Interoperabilidad
previstas en la disposición adicional primera del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por
el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la
Administración Electrónica que se encuentren vigentes en cada momento y sean
aplicables a cada solución tecnológica.
m) Asignar responsables del uso de los servicios que determinarán las condiciones
y normas aplicables a usuarios y aplicaciones.
n) Tramitar las autorizaciones que se den a los usuarios, y realizar la gestión de los
usuarios de las soluciones en su ámbito de competencia.
2. La Ciudad Autónoma de Melilla y los sujetos que en su caso se adhieran a este
convenio, asumen las siguientes obligaciones específicas respecto a soluciones
tecnológicas concretas:
a) En lo que concierne a la Red de Comunicaciones de las Administraciones
Públicas (Red SARA), ejercer sus funciones como Proveedor de Acceso a la Red SARA
(PAS) para sus órganos y los sujetos adheridos, de acuerdo con lo previsto en la Norma
Técnica de Interoperabilidad de requisitos de conexión a la Red de las Administraciones
Públicas aprobada por Resolución de 19 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado
para la Función Pública.
b) En lo que concierne a los sistemas de identificación y firma de las
Administraciones Públicas y el proceso de emisión y gestión de las correspondientes
credenciales de acceso:
1.º Poner a disposición de los ciudadanos oficinas de registro presencial para
facilitar la emisión de credenciales de identidad en Cl@ve o realizar cualquier otra
gestión al respecto de esas credenciales.
2.º Participar, en los procesos de emisión y gestión de credenciales mediante
sistemas de identificación remota por vídeo que se habiliten al respecto. Los empleados
públicos que participen en dichos procesos se encargarán de validar y/o verificar los
datos suministrados por los ciudadanos de modo que sea posible la emisión de
credenciales.
Los condicionantes que deberán satisfacer para cumplir las anteriores obligaciones
se mantendrán actualizados en el Portal de Administración Electrónica y se adecuarán a
las necesidades estimadas para periodos de un año. Dichos condicionantes se
determinarán en función de, entre otros parámetros, la población atendida, el número
anual de identificaciones y firmas que realice el organismo y el tamaño del organismo.
c) En lo que concierne al servicio AutenticA, designar una o más personas como
administradores delegados de AutenticA, para la gestión de usuarios de las soluciones
tecnológicas previstas en la cláusula Segunda que requieran este servicio.
cve: BOE-A-2025-10999
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72143
i) Seguir los procedimientos establecidos para armonizar los procesos de
administración de aplicaciones y sistemas usuarios de las soluciones tecnológicas
incluidas en el presente convenio.
j) Adoptar y cumplir las medidas de seguridad para proteger debidamente la
información y los sistemas asociados a las soluciones tecnológicas incluidas en el
presente convenio, atendiendo al Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, y a las
correspondientes Declaraciones de Aplicabilidad de las citadas soluciones.
k) Cumplir las obligaciones que le corresponden como responsable del tratamiento
de datos personales, de acuerdo con lo establecido en la cláusula decimocuarta del
presente convenio en aplicación de lo previsto en el reglamento general de protección de
datos, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
l) Cumplir y velar por el cumplimiento de las Normas Técnicas de Interoperabilidad
previstas en la disposición adicional primera del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por
el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la
Administración Electrónica que se encuentren vigentes en cada momento y sean
aplicables a cada solución tecnológica.
m) Asignar responsables del uso de los servicios que determinarán las condiciones
y normas aplicables a usuarios y aplicaciones.
n) Tramitar las autorizaciones que se den a los usuarios, y realizar la gestión de los
usuarios de las soluciones en su ámbito de competencia.
2. La Ciudad Autónoma de Melilla y los sujetos que en su caso se adhieran a este
convenio, asumen las siguientes obligaciones específicas respecto a soluciones
tecnológicas concretas:
a) En lo que concierne a la Red de Comunicaciones de las Administraciones
Públicas (Red SARA), ejercer sus funciones como Proveedor de Acceso a la Red SARA
(PAS) para sus órganos y los sujetos adheridos, de acuerdo con lo previsto en la Norma
Técnica de Interoperabilidad de requisitos de conexión a la Red de las Administraciones
Públicas aprobada por Resolución de 19 de julio de 2011, de la Secretaría de Estado
para la Función Pública.
b) En lo que concierne a los sistemas de identificación y firma de las
Administraciones Públicas y el proceso de emisión y gestión de las correspondientes
credenciales de acceso:
1.º Poner a disposición de los ciudadanos oficinas de registro presencial para
facilitar la emisión de credenciales de identidad en Cl@ve o realizar cualquier otra
gestión al respecto de esas credenciales.
2.º Participar, en los procesos de emisión y gestión de credenciales mediante
sistemas de identificación remota por vídeo que se habiliten al respecto. Los empleados
públicos que participen en dichos procesos se encargarán de validar y/o verificar los
datos suministrados por los ciudadanos de modo que sea posible la emisión de
credenciales.
Los condicionantes que deberán satisfacer para cumplir las anteriores obligaciones
se mantendrán actualizados en el Portal de Administración Electrónica y se adecuarán a
las necesidades estimadas para periodos de un año. Dichos condicionantes se
determinarán en función de, entre otros parámetros, la población atendida, el número
anual de identificaciones y firmas que realice el organismo y el tamaño del organismo.
c) En lo que concierne al servicio AutenticA, designar una o más personas como
administradores delegados de AutenticA, para la gestión de usuarios de las soluciones
tecnológicas previstas en la cláusula Segunda que requieran este servicio.
cve: BOE-A-2025-10999
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 132