Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-10944)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Instituto Cervantes y Repsol Exploración Argelia, SA, para el desarrollo de actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes en Argelia en 2025 y 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 71746

III. Que Repsol es una sociedad mercantil constituida mediante escritura otorgada
por el Notario de Madrid, don José Machado Carpentier el 29 de noviembre de 1990, con
el número 3114 de su protocolo con el objeto de, entre otras actividades, la exploración,
explotación y comercialización de hidrocarburos.
IV. Que Repsol mantiene un compromiso de contribución al desarrollo que va más
allá de su actividad empresarial. Éste se concreta en una amplia labor de colaboración
en actividades de interés general e iniciativas que generen un alto valor para Repsol.
V. Que Repsol conoce las iniciativas que lleva a cabo el Instituto Cervantes, y,
específicamente, tiene interés en colaborar en el desarrollo de las actividades culturales
y académicas que este programa.
VI. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público («LRJSP») el presente
convenio ha sido informado favorablemente por el servicio jurídico del Instituto
Cervantes.
VII. Que el presente convenio ha sido objeto de la autorización prevista en el
artículo 50.2 c) de la LRJSP, con fecha 14 de mayo de 2025.
VIII. Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, el Instituto Cervantes y Repsol
acuerdan suscribir el presente convenio (en adelante, el «Convenio») que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del convenio.
En virtud del presente convenio, Repsol se compromete a colaborar con el Instituto
Cervantes, mediante la aportación económica establecida en la cláusula segunda, que
este último destinará íntegramente y con carácter exclusivo al desarrollo de sus
actividades culturales y académicas en 2025 y 2026 de sus centros de Argelia (las
«Actividades»), como:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.

Festival de Cine Iberoamericano.
Festival Cultural Europeo.
Día Europeo de las Lenguas.
Festival International de la Bande Desinée d’Alger (FIBDA).
Salón Internacional del Libro de Argel (SILA).
Día de la Eliminación de la Violencia de Género.
Noches de Ramadán 2026.
Día de la Mujer 2026.

Segunda.

Aportación económica y forma de pago.

1. 10.000 euros en un plazo máximo de treinta días a contar del inicio de eficacia
del presente convenio.
2. 5.000 euros en los treinta primeros días del año 2026.
El Instituto Cervantes, una vez reciba, en su caso, la aportación anual
correspondiente, remitirá a Repsol en su domicilio social en el plazo máximo de 15 días
a contar desde su realización, la oportuna certificación acreditativa de la aportación, a
efectos de lo dispuesto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las
Entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al Mecenazgo y su Reglamento
de desarrollo, según el modelo incluido como anejo I.

cve: BOE-A-2025-10944
Verificable en https://www.boe.es

Repsol aportará al Instituto Cervantes la cantidad total máxima de quince mil euros
(15.000 €) para el desarrollo de las actividades (la «Aportación»).
El abono de la aportación se efectuará por Repsol, de forma fraccionada, mediante
transferencia bancaria a la cuenta corriente titularidad del Instituto Cervantes que este le
indique.