Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-10945)
Resolución 420/38251/2025, de 27 de mayo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid, para la realización de prácticas tuteladas en unidades del Ejército de Tierra.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 71755
Aportaciones de las partes.
1. El MINISDEF, a través del ET se compromete a poner a disposición de la UPM,
para la realización de las prácticas tuteladas de los alumnos, lo siguiente:
a) Proporcionar personal con las cualificaciones necesarias que ejerza las
funciones de tutor.
b) Proporcionar instalaciones apropiadas para la realización de las prácticas, dentro
de las existentes en las unidades del ET.
c) Poner a disposición, con periodicidad semestral, el listado de plazas disponibles
que podrán ser cubiertas por alumnos de la UPM, así como el proyecto formativo objeto
de la práctica.
2. La UPM, en relación a las actividades encuadradas para la realización de
prácticas tuteladas, se compromete a:
a) Dar difusión a la oferta de prácticas propuesta por el MINISDEF.
b) Llevar a cabo los trámites pertinentes para la conformación de los acuerdos
individuales.
c) Verificar que los contenidos de las prácticas aseguran la relación directa de las
competencias a adquirir con los estudios cursados.
3. Ambas partes acuerdan desarrollar programas de intercambio académico,
técnico, científico y cultural, que podrán incluir:
a) Estudios de postgrado o investigaciones.
b) Desarrollo de proyectos de investigación y desarrollo conjuntos.
c) Intercambio de profesores, investigadores y estudiantes.
d) Oferta de prácticas curriculares para aquellas titulaciones que se ajusten a los
objetivos del presente convenio.
e) Intercambio de información, sin clasificación de seguridad, relativa a su
organización, estructura y funcionamiento con el fin de fomentar el conocimiento mutuo.
f) Impartición de cursos, seminarios, simposios, o actividades similares, en las que
participen profesores y miembros de las dos instituciones.
g) Intercambio de material bibliográfico, ediciones, etc., sin clasificación de
seguridad, así como su adecuada difusión a través de los canales que tengan
establecidos.
Tercera.
Planificación de las actividades del convenio.
a) Conferencias a los alumnos sobre distintos aspectos de la defensa en general y
del ET en particular.
b) Visitas de profesores y alumnos a instalaciones del ET.
c) Prácticas de su especialidad o de laboratorio a los alumnos de la UPM en las
Unidades del ET que se determine, bajo la tutoría de personal de dicho Ejército.
d) Puesta a disposición de las actividades realizadas en colaboración con la UPM,
en la medida que sea posible, de sus instalaciones e infraestructura, así como los
recursos humanos con los que cuenta normalmente para la consecución de sus fines.
cve: BOE-A-2025-10945
Verificable en https://www.boe.es
1. El Parque y Centro de Mantenimiento de Helicópteros (PCMHEL), o el órgano
que se determine en su caso, y previa consulta, establecerá las plazas disponibles, con
sus requisitos académicos, para las prácticas en cada unidad designada y se las hará
llegar a la UPM.
2. El Centro de la UPM en el que los estudiantes estén matriculados remitirá al
PCMHEL la relación nominal, con expresión de su documento nacional de identidad, de
los alumnos seleccionados para la realización de las prácticas en las plazas ofertadas.
3. Corresponderá al MINISDEF llevar a cabo las actividades encuadradas dentro de
los siguientes ámbitos:
Núm. 132
Lunes 2 de junio de 2025
Segunda.
Sec. III. Pág. 71755
Aportaciones de las partes.
1. El MINISDEF, a través del ET se compromete a poner a disposición de la UPM,
para la realización de las prácticas tuteladas de los alumnos, lo siguiente:
a) Proporcionar personal con las cualificaciones necesarias que ejerza las
funciones de tutor.
b) Proporcionar instalaciones apropiadas para la realización de las prácticas, dentro
de las existentes en las unidades del ET.
c) Poner a disposición, con periodicidad semestral, el listado de plazas disponibles
que podrán ser cubiertas por alumnos de la UPM, así como el proyecto formativo objeto
de la práctica.
2. La UPM, en relación a las actividades encuadradas para la realización de
prácticas tuteladas, se compromete a:
a) Dar difusión a la oferta de prácticas propuesta por el MINISDEF.
b) Llevar a cabo los trámites pertinentes para la conformación de los acuerdos
individuales.
c) Verificar que los contenidos de las prácticas aseguran la relación directa de las
competencias a adquirir con los estudios cursados.
3. Ambas partes acuerdan desarrollar programas de intercambio académico,
técnico, científico y cultural, que podrán incluir:
a) Estudios de postgrado o investigaciones.
b) Desarrollo de proyectos de investigación y desarrollo conjuntos.
c) Intercambio de profesores, investigadores y estudiantes.
d) Oferta de prácticas curriculares para aquellas titulaciones que se ajusten a los
objetivos del presente convenio.
e) Intercambio de información, sin clasificación de seguridad, relativa a su
organización, estructura y funcionamiento con el fin de fomentar el conocimiento mutuo.
f) Impartición de cursos, seminarios, simposios, o actividades similares, en las que
participen profesores y miembros de las dos instituciones.
g) Intercambio de material bibliográfico, ediciones, etc., sin clasificación de
seguridad, así como su adecuada difusión a través de los canales que tengan
establecidos.
Tercera.
Planificación de las actividades del convenio.
a) Conferencias a los alumnos sobre distintos aspectos de la defensa en general y
del ET en particular.
b) Visitas de profesores y alumnos a instalaciones del ET.
c) Prácticas de su especialidad o de laboratorio a los alumnos de la UPM en las
Unidades del ET que se determine, bajo la tutoría de personal de dicho Ejército.
d) Puesta a disposición de las actividades realizadas en colaboración con la UPM,
en la medida que sea posible, de sus instalaciones e infraestructura, así como los
recursos humanos con los que cuenta normalmente para la consecución de sus fines.
cve: BOE-A-2025-10945
Verificable en https://www.boe.es
1. El Parque y Centro de Mantenimiento de Helicópteros (PCMHEL), o el órgano
que se determine en su caso, y previa consulta, establecerá las plazas disponibles, con
sus requisitos académicos, para las prácticas en cada unidad designada y se las hará
llegar a la UPM.
2. El Centro de la UPM en el que los estudiantes estén matriculados remitirá al
PCMHEL la relación nominal, con expresión de su documento nacional de identidad, de
los alumnos seleccionados para la realización de las prácticas en las plazas ofertadas.
3. Corresponderá al MINISDEF llevar a cabo las actividades encuadradas dentro de
los siguientes ámbitos: