Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-11055)
Resolución de 20 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Regeneración de playa entre la playa de Venus y Punta El Ancón en el término municipal de Marbella (Málaga)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 72829
de conectividad ecológica ya que los accesos se realizan por zonas libres de vegetación,
y por otro a la calidad del agua por realizarse las extracciones fuera de la lámina de
agua, no pudiendo así llegar la turbidez o algún derrame accidental a la ZEC. Respecto a
la afección a la nutria, considera que el hecho de no afectar directamente a la vegetación
minimiza la afección a su hábitat y a su movilidad en el río. Además, la medida prevista
de extremar las precauciones de febrero a junio reducirá el impacto sobre la misma, así
como realizar los trabajos en horario diurno, al ser un animal de hábitos crepusculares.
Respecto a la amenaza que supone para la ZEC la extracción de áridos por la alteración
en la circulación normal de sedimentos, señala que al realizarse fuera de la ZEC y sobre
los materiales de acúmulo libres de agua en verano minimiza la afección al normal flujo
de sedimentos, ya que los materiales retirados son removidos únicamente en momentos
de avenidas. Además, el hecho de realizar la extracción a más de 500 m de la ZEC
facilita que este tramo actúe como zona de transición en la que el flujo recupera, antes
de llegar a la ZEC, cualquier alteración que haya podido provocar la extracción de áridos.
El Servicio de Espacios Naturales Protegidos de la Delegación Territorial en Málaga
de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía indica que
la actividad de extracción de áridos puede beneficiar el aspecto de esa zona, ya que,
debido a una elevación del cauce por acúmulo de acarreos y sedimentos, se produce
bajada de nivel freáticos quedando la corriente en modo subálveo durante los periodos
de estiaje. Informa, asimismo, que las extracciones de áridos no tienen repercusión
significativa sobre la ZEC.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO, en
relación con la ZEPA «‘Bahía de Málaga-Cerro Gordo», informa de la importancia del
espacio como pasos migratorios e invernada de pardela balear, gaviota cabecinegra y
gaviota sombría. El informe identifica dos impactos derivados de la extracción de áridos
en el río Totalán. En primer lugar, los impactos relacionados con la contaminación del
medio marino, tras la llegada de avenidas en el caso de vertidos accidentales en el
cauce seco, alterando la calidad de las aguas que podría generar un impacto negativo en
la eficacia biológica de las aves marinas que utilizan la ZEPA, reduciendo su
productividad y supervivencia. En segundo lugar, los impactos derivados del incremento
del ruido, que podría ocasionar efectos negativos sobre las aves que usan la ZEPA como
zona de descanso, alimentación o paso migratorio. En todo caso, el organismo considera
que las actuaciones no tendrán afección negativa significativa sobre los valores naturales
objeto de conservación de la ZEPA, ni sobre biodiversidad marina del entorno, siempre
que se respeten las condiciones que indica, las cuales se recogen en el condicionado de
la presente resolución.
B.6 Compatibilidad del proyecto con la Estrategia Marina de la Demarcación Marina
Estrecho y Alborán.
La Subdirección General para la Protección del Mar del MITECO informa que los
efectos de las actuaciones previstas en medio marino sobre los objetivos ambientales de
la estrategia marina de la Demarcación Marina Estrecho y Alborán, en principio, no
pondrán en riesgo la consecución del buen estado ambiental, siempre que se apliquen
las medidas preventivas y correctoras que se establecen en el EsIA. Además, señala las
condiciones que deberán llevarse a cabo para que la actuación sea plenamente
compatible con la estrategia marina, entre las que destacan el cumplimiento de la ITEA
por parte del material de préstamo y el cumplimiento del Plan de Vigilancia Ambiental
propuesto en el EsIA. Las condiciones se refieren a la protección de especies
bentónicas, principalmente Patella ferruginea, tanto medidas como controles, alguna
coincidentes con las propuestas por la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y
Marina del MITECO, y a la protección de zonas de nidificación de tortugas marinas. El
informe concluye que la actuación proyectada resulta compatible con los objetivos de la
Estrategia Marina, siempre que se cumplan las condiciones recogidas en su informe. El
promotor indica que los condicionantes señalados por el organismo deberán ser tenidos
cve: BOE-A-2025-11055
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
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de conectividad ecológica ya que los accesos se realizan por zonas libres de vegetación,
y por otro a la calidad del agua por realizarse las extracciones fuera de la lámina de
agua, no pudiendo así llegar la turbidez o algún derrame accidental a la ZEC. Respecto a
la afección a la nutria, considera que el hecho de no afectar directamente a la vegetación
minimiza la afección a su hábitat y a su movilidad en el río. Además, la medida prevista
de extremar las precauciones de febrero a junio reducirá el impacto sobre la misma, así
como realizar los trabajos en horario diurno, al ser un animal de hábitos crepusculares.
Respecto a la amenaza que supone para la ZEC la extracción de áridos por la alteración
en la circulación normal de sedimentos, señala que al realizarse fuera de la ZEC y sobre
los materiales de acúmulo libres de agua en verano minimiza la afección al normal flujo
de sedimentos, ya que los materiales retirados son removidos únicamente en momentos
de avenidas. Además, el hecho de realizar la extracción a más de 500 m de la ZEC
facilita que este tramo actúe como zona de transición en la que el flujo recupera, antes
de llegar a la ZEC, cualquier alteración que haya podido provocar la extracción de áridos.
El Servicio de Espacios Naturales Protegidos de la Delegación Territorial en Málaga
de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía indica que
la actividad de extracción de áridos puede beneficiar el aspecto de esa zona, ya que,
debido a una elevación del cauce por acúmulo de acarreos y sedimentos, se produce
bajada de nivel freáticos quedando la corriente en modo subálveo durante los periodos
de estiaje. Informa, asimismo, que las extracciones de áridos no tienen repercusión
significativa sobre la ZEC.
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del MITECO, en
relación con la ZEPA «‘Bahía de Málaga-Cerro Gordo», informa de la importancia del
espacio como pasos migratorios e invernada de pardela balear, gaviota cabecinegra y
gaviota sombría. El informe identifica dos impactos derivados de la extracción de áridos
en el río Totalán. En primer lugar, los impactos relacionados con la contaminación del
medio marino, tras la llegada de avenidas en el caso de vertidos accidentales en el
cauce seco, alterando la calidad de las aguas que podría generar un impacto negativo en
la eficacia biológica de las aves marinas que utilizan la ZEPA, reduciendo su
productividad y supervivencia. En segundo lugar, los impactos derivados del incremento
del ruido, que podría ocasionar efectos negativos sobre las aves que usan la ZEPA como
zona de descanso, alimentación o paso migratorio. En todo caso, el organismo considera
que las actuaciones no tendrán afección negativa significativa sobre los valores naturales
objeto de conservación de la ZEPA, ni sobre biodiversidad marina del entorno, siempre
que se respeten las condiciones que indica, las cuales se recogen en el condicionado de
la presente resolución.
B.6 Compatibilidad del proyecto con la Estrategia Marina de la Demarcación Marina
Estrecho y Alborán.
La Subdirección General para la Protección del Mar del MITECO informa que los
efectos de las actuaciones previstas en medio marino sobre los objetivos ambientales de
la estrategia marina de la Demarcación Marina Estrecho y Alborán, en principio, no
pondrán en riesgo la consecución del buen estado ambiental, siempre que se apliquen
las medidas preventivas y correctoras que se establecen en el EsIA. Además, señala las
condiciones que deberán llevarse a cabo para que la actuación sea plenamente
compatible con la estrategia marina, entre las que destacan el cumplimiento de la ITEA
por parte del material de préstamo y el cumplimiento del Plan de Vigilancia Ambiental
propuesto en el EsIA. Las condiciones se refieren a la protección de especies
bentónicas, principalmente Patella ferruginea, tanto medidas como controles, alguna
coincidentes con las propuestas por la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y
Marina del MITECO, y a la protección de zonas de nidificación de tortugas marinas. El
informe concluye que la actuación proyectada resulta compatible con los objetivos de la
Estrategia Marina, siempre que se cumplan las condiciones recogidas en su informe. El
promotor indica que los condicionantes señalados por el organismo deberán ser tenidos
cve: BOE-A-2025-11055
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 133