Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11477)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación del Convenio entre la Dirección General de la Guardia Civil y la Confederación Hidrográfica del Tajo, O.A., para el servicio de vigilancia en el dominio público hidráulico de la Cuenca del Tajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Sábado 7 de junio de 2025
Segunda.
1.

Sec. III. Pág. 74832

Modificación del convenio.

Se modifica la cláusula quinta del convenio quedando redactada como sigue:
«Quinta.

Financiación.

Por parte del Organismo Autónomo Confederación Hidrográfica del Tajo, se
invertirá en el convenio, durante los cuatro años de duración, un importe máximo
de 530.000 euros (quinientos treinta mil euros), de los cuales 500.000 euros serán
para dotación de medios con cargo a su aplicación presupuestaria 23.101.452A-620 y 30.000 euros para actividades de formación y habilitaciones, con cargo a
sus aplicaciones presupuestarias 23.101.452-A.226.06, 23.101.452-A.230,
23.101.452-A.231 y 23.101.452-A.233.
Para el cumplimiento de los objetivos establecidos en este convenio, el
Organismo Autónomo CHT habilitará en su presupuesto una partida de 40.000
euros en el ejercicio 2025, 210.000 euros en el ejercicio 2026, 125.000 euros en el
ejercicio 2027 y 125.000 euros en el ejercicio 2028 en la aplicación
presupuestaria 23.101.452-A-620.
Por parte del Ministerio del Interior (Dirección General de la Guardia Civil), el
convenio no precisa de la asignación de ningún crédito adicional, al ser sufragados
los gastos que del mismo se derivan, con cargo a las dotaciones de crédito que
dicha Dirección General recibe anualmente en los distintos programas de gasto a
través de los Presupuestos Generales del Estado.
No obstante, considerando las previsiones de adjudicación de vehículos, motos,
embarcaciones, utillaje y de formación hasta el límite máximo comprometido por el
Organismo Autónomo CHT, la repercusión económica durante los cuatro años de
vigencia del convenio que representaría en los Presupuestos ordinarios de la
Guardia Civil, para lo cual existe disponibilidad de crédito, supondría un coste total
de 939.400 euros, a razón de 234.850 euros anuales, en el mantenimiento de los
vehículos adjudicados y otros gastos relacionados, así como en indemnizaciones
por razón de servicio derivadas de la asistencia a las actividades formativas, a
cargo de los conceptos presupuestarios 16.04.132A.214, 16.04.132A.221.03,
16.04.132A.224 y 16.04.132A.230.»
2. Se modifica la cláusula sexta del convenio relativa a la Comisión de Seguimiento
para incluir un penúltimo párrafo que reconoce de forma expresa su capacidad para
promover y aprobar posibles reajustes de anualidades, siempre dentro de la cuantía
global del mismo, quedando redactada como sigue:

Para la aplicación del presente convenio se constituirá una comisión de
seguimiento, integrada por tres representantes de cada parte, nombrados por las
partes.
Por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo formarán parte de esta
comisión los titulares de las Unidades de Comisaría de Aguas, Secretaría General
y la persona responsable del Servicio de Vigilancia del Dominio Público Hidráulico,
independientemente de que, en función de las circunstancias, se puedan variar
para alguna convocatoria en concreto.
Por parte de la Dirección General de la Guardia Civil formarán parte de la
comisión tres integrantes de la Jefatura del SEPRONA.
El funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, en lo no contemplado en
este convenio, se regirá de acuerdo con lo previsto para los órganos colegiados,
en los artículos 15 a 22 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre.
La citada comisión será responsable de velar por el cumplimiento de las
obligaciones asumidas por ambas partes firmantes, pudiendo ser asistida por los
técnicos que se estime oportuno, con derecho a voz, pero sin voto.

cve: BOE-A-2025-11477
Verificable en https://www.boe.es

«Sexta. Comisión de Seguimiento.