Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11474)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto de Mayores y Servicios Sociales y la Secretaría General de Formación Profesional, para la realización de estancias de formación, así como el módulo profesional de formación en centros de trabajo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, en Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Sábado 7 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 74811

Como norma general, el centro de trabajo del Imserso establecerá, conjuntamente
con el centro educativo, un calendario y una organización horaria para la persona en
formación compatible con el calendario correspondiente al centro educativo. En los
casos en los que, para cumplir el programa formativo, se necesite movilidad horaria o
territorial, esta deberá solicitarse de manera motivada a la Dirección Provincial de
Educación, Formación Profesional y Deportes correspondiente.
Sexta.

Obligaciones de los centros educativos.

Los centros educativos quedan obligados a acordar el Plan de Formación o
Programa Formativo de Formación en Centros de Trabajo para la persona en formación,
así como los puestos formativos, junto con los centros de trabajo de Imserso de acuerdo
con la cláusula tercera.
Los centros educativos se comprometen a nombrar un/a tutor/a que realice las
funciones recogidas en el artículo 162.1 del Real Decreto 659/2023, de acuerdo con la
cláusula cuarta.
Asimismo:
A)

Profesorado:

Cada profesor, profesora, personal formador y experto que forme parte del equipo
docente responsable de la acción formativa en cuyo marco se desarrolla el periodo de
formación en empresa u organismo equiparado o el módulo de formación en centros de
trabajo (FCT) objeto del presente convenio se compromete a:
– Participar en el diseño y planificación del Plan de Formación o Programa
Formativo de Formación en Centros de Trabajo y en la programación de los módulos
profesionales de su competencia que se desarrollen conjuntamente entre centro y
empresa.
– Asistir a las reuniones de coordinación.
– Desarrollar los procedimientos y sistemas de evaluación descritos en la
programación del ciclo formativo y cumplimentar la documentación pertinente,
incorporando la valoración e informe del tutor o tutora del centro de trabajo del Imserso
respecto de los resultados de aprendizaje incluidos en cada módulo profesional o en el
módulo de formación en centros de trabajo (FCT).
– Participar en la elaboración de la memoria final del plan, junto con los restantes
agentes implicados y bajo la coordinación que establezca la dirección del centro.
B) Responsables de prácticas y tutores:

– Facilitar las relaciones permanentes entre el centro educativo y el centro de trabajo
del Imserso.
– Determinar, junto con el tutor o tutora dual del centro de trabajo del Imserso, las
plazas formativas a cubrir.
– Coordinar y concretar el Plan de Formación o Programa Formativo de Formación
en Centros de Trabajo, junto con el tutor o tutora del centro de trabajo del Imserso y con
el resto del equipo docente que imparte docencia, así como el proceso de seguimiento y
evaluación.
– Asistir a la persona en formación durante el o los periodos de formación en
empresa u organismo equiparado, resolviendo cualquier incidencia, garantizando la
existencia de apoyos precisos en los casos en que sea necesario para el correcto
desarrollo de las actividades de formación, y velando por el aprovechamiento correcto de
la persona a formar, mediante visitas periódicas al centro de trabajo del Imserso,
entrevistas con la persona en formación y otros medios previstos al efecto.

cve: BOE-A-2025-11474
Verificable en https://www.boe.es

Cada tutor o tutora dual del centro educativo, en el marco del presente convenio se
compromete a: