Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Hidrocarburos. Permisos de investigación. (BOE-A-2025-11625)
Orden TED/593/2025, de 16 de mayo, por la que se extinguen los permisos de investigación de hidrocarburos «Ebro-B», «Ebro-C», «Ebro-D» y «Ebro-E», otorgados por el Real Decreto 1302/2011, de 16 de septiembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Lunes 9 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 75850

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
11625

Orden TED/593/2025, de 16 de mayo, por la que se extinguen los permisos
de investigación de hidrocarburos «Ebro-B», «Ebro-C», «Ebro-D» y «EbroE», otorgados por el Real Decreto 1302/2011, de 16 de septiembre.
I

Los permisos de investigación de hidrocarburos «Ebro-B», «Ebro-C», «Ebro-D» y
«Ebro-E» (N.º expediente 1656,1657,1658 y 1659) fueron otorgados por el Real
Decreto 1302/2011, de 16 de septiembre (BOE 29 de septiembre de 2011), por un
periodo de seis años, a los siguientes titulares: «Unión Fenosa Gas Exploración y
Producción, SA» (en adelante «UFG»); «Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, SA»
(en adelante «SHESA»), y «Oil & Gas Skills, SA» (en adelante «OGS»).
Las áreas de cada uno de los permisos se sitúan en la cuenca del Ebro entre las
Comunidades Autónomas de La Rioja, Castilla y León, País Vasco y Navarra.
Después, mediante Resolución de 18 de noviembre de 2013, de la Dirección General
de Política Energética y Minas, se autorizó la concentración de trabajos e inversiones de
los permisos de investigación de hidrocarburos «Ebro-B, Ebro-C, Ebro-D y Ebro-E» y
«Ebro-A y Cameros-2», pudiendo ser desarrollados dentro del área de uno solo o varios
de los permisos (BOE de 26 de diciembre de 2013). Desde el otorgamiento de estos
permisos se ha producido una cesión de titularidad aprobada mediante la Orden
IET/2423/2012, de 29 de octubre (BOE de 12 de noviembre de 2012), por la cual la
titularidad de estos permisos corresponde a las siguientes empresas:
– «UFG»: 58,7964 %,
– «SHESA»: 37,6901 %; actuando como operador de los permisos;
– «OGS»: 3,5135 %.
Con fecha 28 de junio de 2017 los cotitulares solicitaron la prórroga de estos
permisos, no obstante, con fecha 7 de noviembre de 2017, comunicaron su deseo de
desistir de la misma y solicitaron el inicio de la tramitación de la extinción de los permisos
por caducidad tras el vencimiento de su plazo de vigencia, producido el 29 de septiembre
de 2017. Para su tramitación se ha dispuesto de la documentación aportada previamente
en el procedimiento de solicitud de prórroga de los permisos, ahora desistido, según lo
dispuesto en el artículo 73 del Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos
de 27 de junio de 1974 (en adelante, el Reglamento).

En lo relativo a la extinción de los permisos deberá observarse lo dispuesto en el
artículo 34 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos y el
artículo 73 del Reglamento, que establecen que, los permisos de investigación se
extinguen, entre otras causas, por caducidad al vencimiento de sus plazos, estando el
operador obligado en todo caso a justificar, a plena satisfacción de la Administración, la
realización de los trabajos e inversiones comprometidos a lo largo del período de
vigencia de los permisos.
Examinada la documentación obrante en el expediente, así como la documentación
presentada por el operador para cada uno de los permisos, se desprende que ha

cve: BOE-A-2025-11625
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II