Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-11626)
Resolución de 27 de mayo de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Explotación de aguas subterráneas del acuífero de la Plana Sur de Valencia (080.036) por una red de pozos de sequía ubicada en la zona regable del Bajo Júcar (Valencia)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138
Lunes 9 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 75869
El EsIA indica que el proyecto no introduce elementos nuevos en el paisaje, ni
modifica los existentes, al tratarse de la explotación de los sondeos existentes. Por otro
lado, el riego en los momentos de sequía favorece el mantenimiento de los paisajes
actuales.
b.6
Patrimonio cultural.
El EsIA señala que el proyecto no tendrá impacto en los bienes de interés
comunitario, en los bienes de relevancia local ni en los yacimientos arqueológicos
ubicados en la zona de estudio. Se destaca la existencia de bienes patrimoniales
hidráulicos, como acequias principales, acequias secundarias y ramales, especialmente
en la zona de la Acequia Real de Júcar, así como las nuevas infraestructuras destinadas
a la modernización de los regadíos. El proyecto contempla el uso de estas
infraestructuras, pero no su eliminación ni afección significativa.
Dado que no se prevén nuevas obras, no se considera necesario realizar
prospecciones arqueológicas, paleontológicas, etnográficas o arquitectónicas
adicionales. Asimismo, al no contemplar nuevas construcciones, el proyecto no
impactará ni modificará las afecciones existentes a la infraestructura verde, montes
públicos, vías pecuarias, carreteras, ferrocarriles, dominio público marítimo-terrestre,
dominio público radioeléctrico, senderos, caminos vecinales, servidumbres de paso,
entre otros. La actuación no afectará la seguridad vial, ferroviaria, marítima ni aérea, ya
que no se prevén obras y la explotación de los sondeos no tendrá efectos sobre estos
aspectos.
La Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Generalitat Valenciana informa
favorablemente el proyecto en relación con los aspectos patrimoniales establecidos en el
artículo 11 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano,
concluyendo que no son necesarias medidas correctoras.
Aire, cambio climático y salud humana.
La Comunidad Valenciana posee un clima mediterráneo subtropical, caracterizado
por temperaturas suaves y escasas precipitaciones, con una marcada sequía estival y un
máximo pluviométrico en otoño, donde fenómenos como la gota fría o DANA pueden
generar lluvias intensas y repentinas, provocando inundaciones. La precipitación media
anual no supera los 500 mm, con una distribución irregular: tras el mínimo estival, las
lluvias se concentran en otoño y un leve repunte primaveral. El balance hídrico evidencia
un prolongado déficit en verano, donde la evapotranspiración supera ampliamente las
lluvias, clasificando la zona como semiárida. Los climodiagramas reflejan esta
estacionalidad, con veranos secos y cálidos, inviernos con riesgo de heladas y una
oscilación térmica anual de unos 25 °C. La combinación de sequía estival y lluvias
torrenciales otoñales define un régimen climático con alta variabilidad y vulnerabilidad a
eventos extremos.
En cuanto a la calidad del aire, la zona de estudio se ubica dentro de la zona ES1009
(Área costera), mientras que la parte norte pertenece a la Aglomeración ES1016 L’Horta,
ambas integradas en la «Red valenciana de vigilancia y control». Zonas en las que
puede afirmarse que la calidad del aire se clasifica como Buena-Excelente.
La extracción de agua subterránea se realiza mediante bombas eléctricas
conectadas a la red eléctrica local, lo que evita emisiones de gases directas en la zona,
aunque las centrales térmicas podrían generar emisiones dependiendo del
«mix» energético, ya evaluadas ambientalmente. La producción de ozono por efecto
corona es mínima, ya que los sondeos operan a voltajes inferiores a 30 kV y las
emisiones de las líneas eléctricas ya están autorizadas.
En cuanto a ruidos y vibraciones, las bombas sumergidas y los transformadores de
menos de 150 kVA generan niveles sonoros inferiores a 50 dB, cumpliendo con la
normativa acústica valenciana. La mayoría de los sondeos están en suelo no
cve: BOE-A-2025-11626
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 138
Lunes 9 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 75869
El EsIA indica que el proyecto no introduce elementos nuevos en el paisaje, ni
modifica los existentes, al tratarse de la explotación de los sondeos existentes. Por otro
lado, el riego en los momentos de sequía favorece el mantenimiento de los paisajes
actuales.
b.6
Patrimonio cultural.
El EsIA señala que el proyecto no tendrá impacto en los bienes de interés
comunitario, en los bienes de relevancia local ni en los yacimientos arqueológicos
ubicados en la zona de estudio. Se destaca la existencia de bienes patrimoniales
hidráulicos, como acequias principales, acequias secundarias y ramales, especialmente
en la zona de la Acequia Real de Júcar, así como las nuevas infraestructuras destinadas
a la modernización de los regadíos. El proyecto contempla el uso de estas
infraestructuras, pero no su eliminación ni afección significativa.
Dado que no se prevén nuevas obras, no se considera necesario realizar
prospecciones arqueológicas, paleontológicas, etnográficas o arquitectónicas
adicionales. Asimismo, al no contemplar nuevas construcciones, el proyecto no
impactará ni modificará las afecciones existentes a la infraestructura verde, montes
públicos, vías pecuarias, carreteras, ferrocarriles, dominio público marítimo-terrestre,
dominio público radioeléctrico, senderos, caminos vecinales, servidumbres de paso,
entre otros. La actuación no afectará la seguridad vial, ferroviaria, marítima ni aérea, ya
que no se prevén obras y la explotación de los sondeos no tendrá efectos sobre estos
aspectos.
La Dirección General de Cultura y Patrimonio de la Generalitat Valenciana informa
favorablemente el proyecto en relación con los aspectos patrimoniales establecidos en el
artículo 11 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano,
concluyendo que no son necesarias medidas correctoras.
Aire, cambio climático y salud humana.
La Comunidad Valenciana posee un clima mediterráneo subtropical, caracterizado
por temperaturas suaves y escasas precipitaciones, con una marcada sequía estival y un
máximo pluviométrico en otoño, donde fenómenos como la gota fría o DANA pueden
generar lluvias intensas y repentinas, provocando inundaciones. La precipitación media
anual no supera los 500 mm, con una distribución irregular: tras el mínimo estival, las
lluvias se concentran en otoño y un leve repunte primaveral. El balance hídrico evidencia
un prolongado déficit en verano, donde la evapotranspiración supera ampliamente las
lluvias, clasificando la zona como semiárida. Los climodiagramas reflejan esta
estacionalidad, con veranos secos y cálidos, inviernos con riesgo de heladas y una
oscilación térmica anual de unos 25 °C. La combinación de sequía estival y lluvias
torrenciales otoñales define un régimen climático con alta variabilidad y vulnerabilidad a
eventos extremos.
En cuanto a la calidad del aire, la zona de estudio se ubica dentro de la zona ES1009
(Área costera), mientras que la parte norte pertenece a la Aglomeración ES1016 L’Horta,
ambas integradas en la «Red valenciana de vigilancia y control». Zonas en las que
puede afirmarse que la calidad del aire se clasifica como Buena-Excelente.
La extracción de agua subterránea se realiza mediante bombas eléctricas
conectadas a la red eléctrica local, lo que evita emisiones de gases directas en la zona,
aunque las centrales térmicas podrían generar emisiones dependiendo del
«mix» energético, ya evaluadas ambientalmente. La producción de ozono por efecto
corona es mínima, ya que los sondeos operan a voltajes inferiores a 30 kV y las
emisiones de las líneas eléctricas ya están autorizadas.
En cuanto a ruidos y vibraciones, las bombas sumergidas y los transformadores de
menos de 150 kVA generan niveles sonoros inferiores a 50 dB, cumpliendo con la
normativa acústica valenciana. La mayoría de los sondeos están en suelo no
cve: BOE-A-2025-11626
Verificable en https://www.boe.es
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