Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11613)
Resolución de 28 de abril de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Fondarella, para la supresión de los pasos a nivel en los puntos kilométricos 203/910 y 204/560 en Fondarella, línea 220 Lleida Pirineus-Bif. Vilanova.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138
Lunes 9 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 75776
– Asumir el 100 % de los costes de expropiación de terrenos para la ejecución de las
obras.
– Prestar conformidad a la clausura definitiva de los pasos a nivel situados en los
P.K. 203/910 y 204/560 en el término municipal de Fondarella perteneciente a la
línea 220 Lleida Pirineus-Bif. Vilanova.
– Al finalizar las actuaciones, firmar el acta de entrega, asumiendo la titularidad de
las obras, así como su posterior mantenimiento y conservación.
Se entiende por mantenimiento el conjunto de operaciones de conservación,
reparación, reposición, limpieza y custodia de los viales y los cerramientos que permitan
preservarlos. ADIF quedará exonerado de cuantas responsabilidades se deriven por la
utilización, uso, gestión o mantenimiento de estas, tanto respecto de la otra parte del
presente convenio como respecto de cualquier usuario de dicha infraestructura.
Tercera.
Financiación de las actuaciones.
La financiación de las actuaciones y las correspondientes expropiaciones será
asumida por las Administraciones intervinientes según la distribución siguiente. Los
siguientes valores expresados en euros (€) incluyen el IVA, a excepción de las
expropiaciones:
Las expropiaciones de terrenos necesarias para la ejecución de las obras serán
asumidas por el Ayuntamiento de Fondarella, por un valor estimado de 145.000 euros,
sin IVA.
Organismo
Total
–
Euros
2025
–
Euros
ADIF.
802.023,77
Ayuntamiento (Expropiaciones).
145.000,00 145.000,00
2026
–
Euros
2027
–
Euros
0,00 401.011,89 401.011,88
0,00
0,00
2028
–
Euros
0,00
0,00
La Comisión de Seguimiento cuya creación está prevista en la cláusula quinta del
presente convenio, podrá aprobar, siempre que las partes la tengan debidamente
incorporada a sus respectivos presupuestos, posibles reajustes de las anualidades de
pagos en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones
asumidas, siempre que dichos reajustes no supongan un incremento económico de la
cifra total comprometida ni un aumento del plazo global.
Cuarta.
Forma de abono.
El pago a los adjudicatarios de los contratos se efectuará por ADIF respetando la
legislación de contratos aplicable.
Seguimiento y gestión del convenio.
Para la interpretación del presente convenio, así como para el impulso, vigilancia y
control de las actuaciones de él derivadas se creará, en la primera reunión que se
celebre una vez que el presente convenio sea eficaz, una Comisión de Seguimiento
compuesta por cuatro miembros: dos en representación de la Dirección General de
Operaciones y Explotación de ADIF y dos en representación del Ayuntamiento de
Fondarella. Dicha Comisión aprobará sus normas de actividad de común acuerdo.
La Comisión de Seguimiento velará por el cumplimiento de lo establecido en el
presente convenio, tratando de resolver las cuestiones que se planteen durante la
vigencia del mismo, y la de informar a las partes acerca de cualquier incumplimiento de
lo dispuesto en el presente convenio, promoviendo las acciones necesarias para que la
parte infractora proceda, con la máxima celeridad, de un lado, a cumplir los
cve: BOE-A-2025-11613
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 138
Lunes 9 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 75776
– Asumir el 100 % de los costes de expropiación de terrenos para la ejecución de las
obras.
– Prestar conformidad a la clausura definitiva de los pasos a nivel situados en los
P.K. 203/910 y 204/560 en el término municipal de Fondarella perteneciente a la
línea 220 Lleida Pirineus-Bif. Vilanova.
– Al finalizar las actuaciones, firmar el acta de entrega, asumiendo la titularidad de
las obras, así como su posterior mantenimiento y conservación.
Se entiende por mantenimiento el conjunto de operaciones de conservación,
reparación, reposición, limpieza y custodia de los viales y los cerramientos que permitan
preservarlos. ADIF quedará exonerado de cuantas responsabilidades se deriven por la
utilización, uso, gestión o mantenimiento de estas, tanto respecto de la otra parte del
presente convenio como respecto de cualquier usuario de dicha infraestructura.
Tercera.
Financiación de las actuaciones.
La financiación de las actuaciones y las correspondientes expropiaciones será
asumida por las Administraciones intervinientes según la distribución siguiente. Los
siguientes valores expresados en euros (€) incluyen el IVA, a excepción de las
expropiaciones:
Las expropiaciones de terrenos necesarias para la ejecución de las obras serán
asumidas por el Ayuntamiento de Fondarella, por un valor estimado de 145.000 euros,
sin IVA.
Organismo
Total
–
Euros
2025
–
Euros
ADIF.
802.023,77
Ayuntamiento (Expropiaciones).
145.000,00 145.000,00
2026
–
Euros
2027
–
Euros
0,00 401.011,89 401.011,88
0,00
0,00
2028
–
Euros
0,00
0,00
La Comisión de Seguimiento cuya creación está prevista en la cláusula quinta del
presente convenio, podrá aprobar, siempre que las partes la tengan debidamente
incorporada a sus respectivos presupuestos, posibles reajustes de las anualidades de
pagos en función de la evolución de la ejecución del objeto y de las actuaciones
asumidas, siempre que dichos reajustes no supongan un incremento económico de la
cifra total comprometida ni un aumento del plazo global.
Cuarta.
Forma de abono.
El pago a los adjudicatarios de los contratos se efectuará por ADIF respetando la
legislación de contratos aplicable.
Seguimiento y gestión del convenio.
Para la interpretación del presente convenio, así como para el impulso, vigilancia y
control de las actuaciones de él derivadas se creará, en la primera reunión que se
celebre una vez que el presente convenio sea eficaz, una Comisión de Seguimiento
compuesta por cuatro miembros: dos en representación de la Dirección General de
Operaciones y Explotación de ADIF y dos en representación del Ayuntamiento de
Fondarella. Dicha Comisión aprobará sus normas de actividad de común acuerdo.
La Comisión de Seguimiento velará por el cumplimiento de lo establecido en el
presente convenio, tratando de resolver las cuestiones que se planteen durante la
vigencia del mismo, y la de informar a las partes acerca de cualquier incumplimiento de
lo dispuesto en el presente convenio, promoviendo las acciones necesarias para que la
parte infractora proceda, con la máxima celeridad, de un lado, a cumplir los
cve: BOE-A-2025-11613
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Quinta.