Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-11595)
Resolución de 29 de mayo de 2025, del Consorcio de la Zona Franca de Vigo, por la que se publica la segunda Adenda al III Convenio con el Instituto Galego de Promoción Económica, Xesgalicia Sociedad Gestora de Entidades de Inversión de Tipo Cerrado, SAU, Vigo Activo Sociedad de Capital Riesgo, SA, S.M.E., Fundación Clúster de Automoción y Movilidad de Galicia y Stellantis España, SL, para continuidad del Foco de Emprendimiento en el sector de la automoción y movilidad en Galicia y la realización de las ediciones 7.ª, 8.ª y 9.ª.
<< 5 << Página 5
Página 6 Pág. 6
-
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Lunes 9 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 75661

En el punto 3. Equipo Gestor, en el apartado de Cuadro de Mando de Indicadores, se
añade el siguiente párrafo:
«El equipo gestor de la BFA facilitará al Igape todos aquellos datos e
información que este considere necesarios para la alimentación del sistema de
monitorización de las aceleradoras de emprendimiento innovador promovidas por
la Xunta de Galicia, para facilitar el seguimiento por parte de Igape de la ejecución
y desarrollo del presente convenio en aras de evaluar la eficacia y eficiencia del
mismo, midiendo aspectos como el retorno de inversión realizada.
En caso de incumplimiento de la presente obligación, se podrá minorar en
hasta un 20 % la aportación económica del Igape para la financiación operativa y
técnica de la BFA, hecho que se determinará en la pertinente Comisión de
Seguimiento convocada para tal fin.»
Novena. Modificación del anexo II. Modelo de convenio de concesión directa.
Respeto al modelo de convenio de concesión directa que figura como anexo II del
convenio original pasa a ser asumido por Igape, quedando liberado GAIN de su
ejecución.
Décima.

Validez del contenido y clausulado del convenio.

El resto de cláusulas del convenio firmado el 15 de marzo de 2023 permanecen
inalterables y tendrán plena validez.
Undécima.

Eficacia.

La presente adenda surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal
antes de la fecha de extinción del convenio. Adicionalmente, se deberá publicar en el
«Boletín Oficial del Estado». El Consorcio es el responsable de la inscripción y
publicación señaladas.

cve: BOE-A-2025-11595
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente la presente adenda
en la fecha indicada en el pie de firma, tomándose como fecha de firma la del último
firmante.–La Conselleira de Economía e Industria, María Jesús Lorenzana Somoza.–El
Delegado especial del Estado en el Consorcio de la Zona Franca de Vigo y Presidente
de Vigo Activo, David Regades Fernández.–La Presidenta de la Fundación Clúster de
Automoción y Movilidad de Galicia, Patricia Moreira Cortés.–El Director general del
centro de Vigo de Stellantis España, SL, José Luis Alonso Mosquera.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X