Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-11633)
Resolución de 3 de junio de 2025, de la Secretaría General de Consumo y Juego, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Galicia, para el desarrollo del arbitraje de consumo en su correspondiente ámbito.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Lunes 9 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 75932

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
11633

Resolución de 3 de junio de 2025, de la Secretaría General de Consumo y
Juego, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de
Galicia, para el desarrollo del arbitraje de consumo en su correspondiente
ámbito.

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Comunidad
Autónoma de Galicia han suscrito, con fecha 28 de mayo de 2025, un convenio para el
desarrollo del arbitraje de consumo en su correspondiente ámbito, por lo que conforme a
lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico
del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la publicación en el
«Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 3 de junio de 2025.–El Secretario General de Consumo y Juego, Andrés
Barragán Urbiola.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
y el Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia de la Comunidad
Autónoma de Galicia, para el desarrollo del arbitraje de consumo
en su correspondiente ámbito
En Madrid, a 28 de mayo de 2025.
REUNIDOS

Actuando, respectivamente, en nombre y representación del Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo, y Agenda 2030 y de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Cada uno de los firmantes, en el ejercicio de sus facultades, comparecen y
EXPONEN
El artículo 51 de la Constitución insta a los poderes públicos a garantizar la defensa
de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la
seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.

cve: BOE-A-2025-11633
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don Pablo Bustinduy Amador, Ministro de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030, de acuerdo con el nombramiento efectuado por Real
Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, por el que se nombran Ministros del Gobierno y
de conformidad con lo establecido en el artículo 61, letra k), de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, don José González Vázquez, Presidente del Instituto Gallego do
Consumo y de la Competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de los
estatutos del Instituto, aprobados mediante Decreto 118/2016, de 4 de agosto (DOG
núm. 160, de 25 de agosto), que establece que la Presidencia corresponde al titular de la
consellería de adscripción, siendo nombrado titular de la Consellería de Empleo, Comercio y
Emigración por el Decreto 44/2024, de 14 de abril (DOG núm. 73, de 14 de abril), y en el
ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 10.d) de los estatutos del Instituto.