Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-11583)
Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación negativa de la registradora de la propiedad de Carlet n.º 2, por la que suspendía la inscripción de un testimonio expedido por letrada de la Administración de Justicia de sentencia dictada en procedimiento relativo a liquidación de régimen económico-matrimonial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 138

Lunes 9 de junio de 2025

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proceso contencioso, en virtud de sentencia en la que se desestima la oposición al
cuaderno particional, tras la valoración de la prueba realizada por un perito judicial.
No estamos por tanto ante una transacción extrajudicial, que exigiría formalización en
escritura pública, sino ante unas operaciones particionales expresamente aprobadas por
el juez.
De no haber habido oposición, por tratarse de una transacción extrajudicial
incorporada al proceso, si hubiera sido necesaria su protocolización ex artículo 787.2 de
la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Esta Dirección General ha acordado estimar el recurso interpuesto y revocar la nota
de calificación.
Contra esta resolución los legalmente legitimados pueden recurrir mediante demanda
ante el Juzgado de lo Civil de la capital de la Provincia del lugar donde radica el
inmueble en el plazo de dos meses desde su notificación, siendo de aplicación las
normas del juicio verbal, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 325 y 328 de
la Ley Hipotecaria.

cve: BOE-A-2025-11583
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 9 de mayo de 2025.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, María Ester Pérez Jerez.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X