Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-11693)
Resolución de 23 de mayo de 2025, de la Universitat de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala Técnica Superior de Prevención.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 10 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 76330
Acuerdo del Consell de Govern de esta Universitat, de 17 de diciembre de 2024
(ACGUV 371/2024). Se puede consultar este documento a través de este enlace:
https://webges.uv.es/uvTaeWeb/MuestraInformacionEdictoPublicoFrontAction.do?
idEdictoSeleccionado=76050
La relación nominal de las personas que lo integran se hará pública en la misma
resolución en que se publique la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
6.2 La composición del órgano técnico de selección deberá ajustarse al principio de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderá, en su composición, a la
paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo que establece el artículo 53 de
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y
Hombres, el artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y
la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana.
6.3 La presidencia del tribunal puede nombrar, cuando lo considere necesario,
personal asesor por sus conocimientos técnicos, con voz y sin voto.
6.4 Será de aplicación a los miembros del órgano técnico de selección y al personal
asesor, si lo hubiese, lo dispuesto en el Acuerdo del Consell de Govern de la Universitat
de València (ACGUV 303/2021) que aprueba la Hoja de ruta sobre las medidas de
integridad pública, la prevención y la lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos
de interés.
A tal efecto, deberán rellenar la correspondiente declaración de ausencia de conflicto
de interés (DACI), que será adjuntada al acta de constitución del tribunal, estas
declaraciones formarán parte del expediente administrativo. Se dispondrá de un modelo
normalizado por la Universitat en la siguiente página web:
https://www.uv.es/uvweb/servei-recursos-humans-pas/ca/personal-tecnicadministracio/mesures-prevencio-conflicte-interessos-1286242272765.html
6.5 Las personas que componen el órgano técnico de selección, así como el
personal colaborador, especialista y ayudante, deberán abstenerse de intervenir en las
actividades del tribunal cuando se encuentren en alguna de las circunstancias previstas
en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, o si han realizado tareas de preparación de personas opositoras a
pruebas selectivas para el mismo cuerpo o escala en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
6.6 Previa convocatoria de la presidencia, se constituirá el órgano técnico de
selección, que exige la presencia de la totalidad de las personas que lo componen. Las
personas titulares que no concurran al acto de constitución cesarán y serán sustituidas
por sus suplentes.
Durante el proceso selectivo, el órgano técnico de selección resolverá todas las
dudas que puedan surgir sobre la aplicación de estas normas, así como lo que se deba
hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del órgano técnico de selección se ajustará en todo
momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
6.7 El órgano técnico de selección adoptará las medidas necesarias para que las
personas aspirantes con discapacidad tengan las mismas condiciones para la realización
de los ejercicios que el resto de las personas participantes. En este sentido, se
establecerán las adaptaciones posibles de tiempo y medios para las personas aspirantes
que lo soliciten de acuerdo con la base 3.7.
6.8 Para las comunicaciones y el resto de las incidencias que puedan surgir, el
órgano técnico de selección tendrá su sede en el Rectorado de la Universitat de València
(Avenida Blasco Ibáñez, 13, 46010 València).
cve: BOE-A-2025-11693
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 76330
Acuerdo del Consell de Govern de esta Universitat, de 17 de diciembre de 2024
(ACGUV 371/2024). Se puede consultar este documento a través de este enlace:
https://webges.uv.es/uvTaeWeb/MuestraInformacionEdictoPublicoFrontAction.do?
idEdictoSeleccionado=76050
La relación nominal de las personas que lo integran se hará pública en la misma
resolución en que se publique la lista definitiva de personas admitidas y excluidas.
6.2 La composición del órgano técnico de selección deberá ajustarse al principio de
imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderá, en su composición, a la
paridad entre hombres y mujeres, en cumplimiento de lo que establece el artículo 53 de
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y
Hombres, el artículo 60.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y
la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Generalitat, de la Función Pública Valenciana.
6.3 La presidencia del tribunal puede nombrar, cuando lo considere necesario,
personal asesor por sus conocimientos técnicos, con voz y sin voto.
6.4 Será de aplicación a los miembros del órgano técnico de selección y al personal
asesor, si lo hubiese, lo dispuesto en el Acuerdo del Consell de Govern de la Universitat
de València (ACGUV 303/2021) que aprueba la Hoja de ruta sobre las medidas de
integridad pública, la prevención y la lucha contra el fraude, la corrupción y los conflictos
de interés.
A tal efecto, deberán rellenar la correspondiente declaración de ausencia de conflicto
de interés (DACI), que será adjuntada al acta de constitución del tribunal, estas
declaraciones formarán parte del expediente administrativo. Se dispondrá de un modelo
normalizado por la Universitat en la siguiente página web:
https://www.uv.es/uvweb/servei-recursos-humans-pas/ca/personal-tecnicadministracio/mesures-prevencio-conflicte-interessos-1286242272765.html
6.5 Las personas que componen el órgano técnico de selección, así como el
personal colaborador, especialista y ayudante, deberán abstenerse de intervenir en las
actividades del tribunal cuando se encuentren en alguna de las circunstancias previstas
en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, o si han realizado tareas de preparación de personas opositoras a
pruebas selectivas para el mismo cuerpo o escala en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
6.6 Previa convocatoria de la presidencia, se constituirá el órgano técnico de
selección, que exige la presencia de la totalidad de las personas que lo componen. Las
personas titulares que no concurran al acto de constitución cesarán y serán sustituidas
por sus suplentes.
Durante el proceso selectivo, el órgano técnico de selección resolverá todas las
dudas que puedan surgir sobre la aplicación de estas normas, así como lo que se deba
hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del órgano técnico de selección se ajustará en todo
momento a lo que dispone la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
6.7 El órgano técnico de selección adoptará las medidas necesarias para que las
personas aspirantes con discapacidad tengan las mismas condiciones para la realización
de los ejercicios que el resto de las personas participantes. En este sentido, se
establecerán las adaptaciones posibles de tiempo y medios para las personas aspirantes
que lo soliciten de acuerdo con la base 3.7.
6.8 Para las comunicaciones y el resto de las incidencias que puedan surgir, el
órgano técnico de selección tendrá su sede en el Rectorado de la Universitat de València
(Avenida Blasco Ibáñez, 13, 46010 València).
cve: BOE-A-2025-11693
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 139