Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11697)
Resolución de 4 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, sobre programas experienciales de empleo y formación en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139

Martes 10 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 76377

de septiembre, con la modificación operada por la Orden TES/234/2025, de 7 de marzo,
supone una gran oportunidad para explorar la utilización de nuevos tipos de programas
experienciales de empleo y formación, dirigidos a mejorar las posibilidades de inserción
de las personas desempleadas que participen en ellos a través de su cualificación en
alternancia con la práctica profesional.
4. Que en el VI Plan Director de la Cooperación Española para el Desarrollo
Sostenible y la Solidaridad Global 2024-2027 y en correspondencia con los objetivos 4
y 8 la Agenda 2030; referidos a garantizar una educación inclusiva, equitativa y de
calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todos, el
crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y
el trabajo decente para todos, la AECID está decidida a mantener el apoyo a los
programas experienciales de empleo y formación en el exterior.
5. Que la suscripción del presente convenio mejora la eficiencia de la gestión
pública de la formación en alternancia con el empleo, facilita la utilización conjunta de
medios y servicios públicos, contribuye a la realización de actividades de utilidad pública
y carece de repercusión en relación con la legislación de estabilidad presupuestaria y
sostenibilidad financiera todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 48.3 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6. Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, establece en su artículo 47.1 que son
convenios los acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones
Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o
dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con sujetos de derecho privado
para un fin común.
7. Que las partes firmantes estiman que la experiencia acumulada en los últimos
años permite perfilar el marco de colaboración y exige actualizar los criterios y
procedimientos de dicha colaboración y la conveniencia de aunar los esfuerzos dentro de
sus competencias.
Por todo lo manifestado, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, que
se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

Segunda.

Programas experienciales.

Los programas experienciales de empleo y formación en el exterior auspiciados bajo
el régimen establecido en el presente convenio serán los creados al amparo de
anteriores convenios, así como los de nueva creación en los mismos países y en otros,
dentro del ámbito de la Cooperación Internacional.

cve: BOE-A-2025-11697
Verificable en https://www.boe.es

Es objeto de este convenio continuar, en el marco de la Cooperación Española, la
colaboración y experiencia del SEPE y de la AECID, para la ejecución de programas
experienciales de empleo y formación en el exterior mediante el desarrollo de proyectos
de carácter general para personas en situación de desempleo, proyectos específicos
para personas emprendedoras y proyectos específicos dirigidos a personas menores
de 30 años en la citada situación.
Los proyectos experienciales de carácter general, los específicos para personas
emprendedoras y los específicos dirigidos a personas menores de 30 años, tendrán por
objeto mejorar las posibilidades de inserción de las personas desempleadas que
participen en ellos a través de su formación en alternancia con el trabajo y la práctica
profesional, en proyectos de desarrollo.