Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Cuerpo de la Guardia Civil. (BOE-A-2025-11787)
Orden PJC/598/2025, de 9 de junio, por la que se modifican la Orden PCI/349/2019, de 25 de marzo, sobre la Enseñanza de Perfeccionamiento y de Altos Estudios Profesionales en la Guardia Civil, y la Orden PCI/361/2019, de 20 de marzo, por la que se establece el modelo y las normas reguladoras del expediente académico del personal de la Guardia Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 11 de junio de 2025

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mayor protagonismo en su planificación a las unidades con nivel de subdirección general
de la Guardia Civil.
De igual modo, se modifica la Orden PCI/361/2019, de 20 de marzo, por la que se
establece el modelo y las normas reguladoras del expediente académico del personal de
la Guardia Civil, extendiendo su ámbito de aplicación al alumnado de los centros
docentes de formación, además de ampliar las titulaciones o certificados que serán
objeto de anotación, ya sean los expedidos por los órganos competentes de las Fuerzas
Armadas, así como por órganos extranjeros. Además, en la norma también se realizan
modificaciones en cuanto a la gestión y responsabilidades en la materia, antes
correspondientes a la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil que pasan ahora a ser
competencia de la Jefatura de Personal de la Guardia Civil.
En este sentido, estas novedades requieren a su vez cambios organizativos en el
ámbito de la Jefatura de Personal, por lo que se procede a la creación de un Servicio de
Historial Profesional, además de la creación de un Servicio de Gestión del Talento.
Además, resulta de igual modo oportuna una reestructuración de los servicios
dependientes de la Jefatura de Enseñanza, realizándose modificaciones tanto en su
denominación como sus ámbitos de responsabilidad. Por todo ello, se hace preceptiva la
modificación de la Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la
estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil.
Además, la nueva distribución de competencias conlleva una modificación en la
Orden PCM/280/2022, de 6 de abril, por la que se regulan los procedimientos para
determinar la competencia lingüística en los idiomas extranjeros considerados de interés
para la Guardia Civil y para la inscripción de los niveles de esa competencia en las
lenguas cooficiales, en cuanto a la unidad competente en la anotación de la acreditación
de los niveles de conocimiento de idiomas.
Por otro lado, en relación con los planes de estudios y para una mayor seguridad
jurídica, se actualizan los efectos en el progreso en el plan de estudios del alumnado
de la Academia de Suboficiales de la Guardia Civil, establecidos en la Orden
PCM/577/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza
de formación y las normas de evaluación, progreso y permanencia en el centro docente
de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil, y se
flexibilizan las circunstancias para impartir asignaturas en la modalidad a distancia en el
marco de la Orden PCM/576/2021, de 9 de junio, por la que se aprueba el plan de
estudios de la enseñanza de formación y las normas de evaluación, progreso y
permanencia en el centro docente de formación para la incorporación a la Escala de
Cabos y Guardias de la Guardia Civil.
También se añade una disposición adicional sexta en la que se modifica la Orden
PCM/6/2021, de 11 de enero, por la que se regulan para la Guardia Civil las normas de la
organización y funcionamiento de sus centros docentes de formación y el régimen de su
alumnado, y los requisitos generales y las condiciones del ejercicio del profesorado en
sus centros docentes, estableciendo condiciones en cuanto a la participación del
profesorado de la Academia de Oficiales de la Guardia Civil en la impartición de
determinados módulos, materias o asignaturas correspondientes a enseñanzas
universitarias de grado o posgrado.
En cuanto a su contenido y tramitación, la norma observa los principios de buena
regulación conforme a los cuales deben actuar las Administraciones Públicas en el
ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, previstos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. En virtud de los principios de necesidad, eficacia y
proporcionalidad, viene a modificar la norma donde se encuentra la regulación de la
enseñanza de perfeccionamiento y de altos estudios profesionales, así como la orden
por la que se establece el modelo y las normas reguladoras del expediente académico
del personal de la Guardia Civil, la estructura orgánica de los Servicios Centrales de la
Dirección General de la Guardia Civil, las normas de la organización y funcionamiento de
los centros docentes de formación y el régimen de su alumnado, y los requisitos

cve: BOE-A-2025-11787
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Núm. 140