Jefatura Del Estado. I. Disposiciones generales. Medidas urgentes. (BOE-A-2025-11722)
Real Decreto-ley 5/2025, de 10 de junio, de medidas de promoción del uso del transporte público colectivo por parte de la juventud para los viajes realizados en el periodo estival de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 11 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 76513

II
El presente real decreto-ley se estructura en una parte expositiva y una parte
dispositiva, conformada por dos capítulos, seis artículos y tres disposiciones finales.
El capítulo I recoge la regulación sobre la reducción del precio de los billetes para
jóvenes en servicios de transporte público colectivo durante el periodo estival de 2025
relativa al transporte ferroviario y por carretera, y está compuesto por los artículos 1 al 5.
En el artículo 1 se establecen los requisitos que han de reunir las personas para acceder
a los descuentos establecidos en los artículos 2 a 4, así como las fechas del viaje, que
se fijan entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de septiembre de 2025. A efectos de acreditar
el cumplimiento de estos requisitos, se establece que los posibles beneficiarios de los
descuentos deberán registrarse en la web del Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible, de acuerdo con lo que se establezca por resolución de la persona titular de la
Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible. Asimismo, se determina
que no resultará de aplicación a lo establecido en este capítulo la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones.
En el artículo 2, se establecen los descuentos aplicables a la juventud en el precio de
los billetes sencillos y de ida y vuelta en los servicios de transporte ferroviario de viajeros
de media distancia, incluidos los servicios de proximidad, prestados sobre la red
convencional y la red de ancho métrico, así como en los servicios Avant. Se trata de
servicios prestados por Renfe Viajeros S.M.E., SA, en virtud del «Contrato entre la
Administración General del Estado y la Sociedad Mercantil Estatal Renfe Viajeros
S.M.E., SA, para la Prestación de los Servicios Públicos de Transporte de Viajeros por
Ferrocarril de “Cercanías”, “Media Distancia Convencional”, “Alta Velocidad Media
Distancia (Avant)” y “Ancho Métrico”, competencia de la Administración General del
Estado, sujetos a Obligaciones de Servicio Público en el Periodo 2018-2027». En el caso
de los servicios de competencia autonómica que Renfe Viajeros S.M.E., SA, presta en
Cataluña y en el País Vasco, así como de los servicios regulares, no turísticos, que
Renfe presta sobre la Red Ferroviaria de Interés General en virtud de convenios o
contratos con las administraciones autonómicas, la aplicación de los descuentos con la
correspondiente compensación por parte del Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible, requerirá la previa solicitud de adhesión expresa de las condiciones por parte
de la comunidad autónoma correspondiente. La financiación de la compensación a
Renfe Viajeros S.M.E., SA, por la reducción de ingresos derivada de la aplicación de los
descuentos se llevará a cabo con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible mediante la correspondiente modificación presupuestaria.
Asimismo, en el artículo 3 se regulan los descuentos para jóvenes en los servicios
comerciales de transporte ferroviario de viajeros prestados sobre la Red Ferroviaria de
Interés General. En este caso, será voluntario para las empresas ferroviarias la
aplicación de los descuentos, debiendo comunicar a la Dirección General de Transporte
por Carretera y Ferrocarril del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible su
decisión de aplicarlos en el plazo de diez días desde la entrada en vigor de este real
decreto-ley.
En el artículo 4, se establecen los descuentos para jóvenes en el periodo estival en
los servicios públicos de transporte regular de viajeros de uso general por carretera de
competencia estatal.
Por último, en el artículo 5 se establecen las obligaciones de información,
comunicación, visibilidad y publicidad que deben cumplir los operadores de transporte
que apliquen los descuentos regulados en los artículos anteriores.
En el capítulo II, se establece la reducción del precio del Pase Interrail para jóvenes
siempre que se adquiera a través de Renfe Viajeros S.M.E., SA, durante el periodo
estival de 2025.
Interrail es un pase personal e intransferible, que puede ser adquirido y utilizado por
personas residentes legalmente en Europa y que permite viajar en tren por 33 países
europeos o en barco (entre Italia y Grecia). Con más de cincuenta años de existencia, ha
sido utilizado por millones de jóvenes como forma de viajar por Europa.

cve: BOE-A-2025-11722
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Núm. 140