Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11800)
Resolución de 3 de junio de 2025, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica el Convenio con la Sala Beckett/Obrador Internacional de Dramaturgia, para la colaboración en la vigésima edición del Encuentro Internacional de Dramaturgos Emergentes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Miércoles 11 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 76746

Séptima. Colaboración entre las partes.
Las partes firmantes del presente documento colaborarán en todo momento según
los principios de buena fe y de eficacia para asegurar la correcta ejecución de lo
pactado.
Las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier controversia que
pudiera surgir con ocasión de la ejecución del presente convenio en el seno de la
comisión de seguimiento.
Octava.

Interpretación y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las controversias que puedan
surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos que puedan derivarse
del presente convenio se resolverán entre las partes en el seno de la comisión de
seguimiento, agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo
extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los
órganos jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Novena.

Información al ciudadano.

En aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia,
acceso a la información pública y buen gobierno, este convenio será puesto a disposición
de los ciudadanos en el Portal de Transparencia de la Administración General del Estado.
Décima. Protección de datos de carácter personal.
En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de carácter
personal que figuran en este convenio serán tratados por el INAEM e incorporados a la
actividad de tratamiento «Convenios y protocolos generales de actuación», cuya finalidad
es la tramitación y gestión de los convenios y protocolos generales de actuación de los
que es parte el INAEM, finalidad basada en el interés público del convenio o protocolo y en
su ejecución.
Los datos personales podrán ser comunicados a la Intervención General de la
Administración del Estado, al Tribunal de Cuentas y serán publicados en el Portal de
la transparencia de la Administración General del Estado, de conformidad con la
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y Buen Gobierno.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad para
la que han sido recabados, siendo de aplicación la normativa de archivos y patrimonio
documental español.
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus
datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones
basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan,
ante el INAEM, en plaza del Rey, número 1 (CP 28004) de Madrid, o a través de la sede
electrónica www.cultura.gob.es
Competencias.

Este convenio no supone la renuncia de las partes a sus respectivas competencias.
Para la debida constancia de todo lo convenido, firman el presente convenio.–Por
el INAEM, la Directora General, María Paz Santa-Cecilia Aristu.–Por la Sala Beckett, el
Apoderado, Juli Macarulla Tarrés.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Undécima.