Ministerio de Industria y Turismo. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2025-11798)
Resolución de 5 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la tercera Adenda modificativa de los Convenios con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140

Miércoles 11 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 76732

Ambas partes se reconocen la capacidad legal necesaria para suscribir la presente
adenda modificativa, y a tal efecto
EXPONEN
Primero.
El Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, aprobó el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante
el RMRR). De conformidad con el artículo 17 del RMRR, el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 27 de abril de 2021, aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (en adelante, PRTR), que fue publicado mediante Resolución de 29 de abril
de 2021, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital («Boletín
Oficial del Estado» núm. 103, de 30 de abril de 2021). Finalmente, el PRTR fue aprobado
por Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021.
El PRTR incluye, como Componente 14, el Plan de Modernización y Competitividad
del Sector Turístico (en adelante, PMCST), cuya inversión tercera se refiere a
«Estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares» (Islas Canarias,
Illes Balears, Ceuta y Melilla), con el objeto de responder a los retos específicos a los
que se enfrenta el sector turístico en esos territorios.
Segundo.
Para la ejecución de la «Estrategia de resiliencia turística para territorios
extrapeninsulares» se han promulgado tres reales decretos de concesión directa de
subvenciones a las mencionadas comunidades y ciudades autónomas, Real
Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 305, de 22
de diciembre de 2021); Real Decreto 449/2022, de 14 de junio («Boletín Oficial del
Estado» núm. 142, de 15 de junio de 2022); y Real Decreto 1011/2022, de 5
de diciembre, («Boletín Oficial del Estado» núm. 292, de 6 de diciembre de 2022),
correspondiendo a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears subvenciones por
importes de 20, 50 y 30 millones de euros, respectivamente, conforme a cada uno de los
reales decretos.
A su vez, en ejecución de tales reales decretos, se han suscrito tres convenios con
cada una de las comunidades y ciudades autónomas, que constituyen bases reguladoras
complementarias de dichas subvenciones. Específicamente, con la comunidad autónoma
de las Illes Balears se han firmado los siguientes:

Tercero.
El periodo para la ejecución de las actuaciones se estableció de 1 de febrero de 2020
a 31 de diciembre de 2024 (cláusulas 5.ª de los tres convenios).
Cuarto.
Posteriormente en virtud del Real Decreto 519/2024, de 4 de junio, se modificaron el
Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio; y

cve: BOE-A-2025-11798
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a) Convenio de 30 de agosto de 2022, para instrumentar la subvención de 20
millones de euros prevista en el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre («Boletín
Oficial del Estado» número 255 de 24 de octubre de 2022).
b) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 50
millones de euros prevista en el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio («Boletín Oficial
del Estado» número 79 de 3 de abril de 2023).
c) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 30
millones de euros prevista en el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre («Boletín
Oficial del Estado» número 79 de 3 de abril de 2023).