Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-11790)
Resolución de 6 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos de España, para la prestación de asistencia psicológica a víctimas del terrorismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 140
Miércoles 11 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 76678
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
11790
Resolución de 6 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de
Psicólogos de España, para la prestación de asistencia psicológica a víctimas
del terrorismo.
Habiéndose suscrito el 5 de agosto de 2024 el Convenio entre el Ministerio de
Interior y el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos de España para la
prestación de asistencia psicológica a víctimas del terrorismo, procede la publicación en
el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta
resolución.
Madrid, 6 de junio de 2025.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Interior y el Consejo General de Colegios Oficiales
de Psicólogos de España, para la prestación de asistencia psicológica a víctimas
del terrorismo
En Madrid, a 5 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior,
nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, por el que se nombran
Ministros del Gobierno, en uso de las competencias que le otorgan los artículos 48.2
y 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra, don Francisco Santolaya Ochando, Presidente del Consejo General de
Colegios Oficiales de Psicólogos, actuando en nombre y representación del mencionado
consejo, de acuerdo con lo que disponen los estatutos del mismo.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir, y a tal efecto,
EXPONEN
La Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las
Víctimas del Terrorismo, establece el marco de atención integral al colectivo de víctimas
del terrorismo permitiendo avanzar hacia una mejor complementariedad y coordinación
de los recursos que las Administraciones públicas les ofrecen.
A tal efecto, a la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo le
corresponde el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas el Ministerio del Interior
en materia de atención y apoyo a las víctimas del terrorismo, con el fin de asegurar su
protección integral, así como la necesaria colaboración con las distintas
Administraciones públicas en esta materia.
Asimismo, la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo, a través de la
Subdirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, tiene encomendada la
cve: BOE-A-2025-11790
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Primero.
Núm. 140
Miércoles 11 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 76678
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DEL INTERIOR
11790
Resolución de 6 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de
Psicólogos de España, para la prestación de asistencia psicológica a víctimas
del terrorismo.
Habiéndose suscrito el 5 de agosto de 2024 el Convenio entre el Ministerio de
Interior y el Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos de España para la
prestación de asistencia psicológica a víctimas del terrorismo, procede la publicación en
el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta
resolución.
Madrid, 6 de junio de 2025.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Interior y el Consejo General de Colegios Oficiales
de Psicólogos de España, para la prestación de asistencia psicológica a víctimas
del terrorismo
En Madrid, a 5 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior,
nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, por el que se nombran
Ministros del Gobierno, en uso de las competencias que le otorgan los artículos 48.2
y 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra, don Francisco Santolaya Ochando, Presidente del Consejo General de
Colegios Oficiales de Psicólogos, actuando en nombre y representación del mencionado
consejo, de acuerdo con lo que disponen los estatutos del mismo.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para obligarse y convenir, y a tal efecto,
EXPONEN
La Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las
Víctimas del Terrorismo, establece el marco de atención integral al colectivo de víctimas
del terrorismo permitiendo avanzar hacia una mejor complementariedad y coordinación
de los recursos que las Administraciones públicas les ofrecen.
A tal efecto, a la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo le
corresponde el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas el Ministerio del Interior
en materia de atención y apoyo a las víctimas del terrorismo, con el fin de asegurar su
protección integral, así como la necesaria colaboración con las distintas
Administraciones públicas en esta materia.
Asimismo, la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo, a través de la
Subdirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, tiene encomendada la
cve: BOE-A-2025-11790
Verificable en https://www.boe.es
Primero.