Comunitat Valenciana. I. Disposiciones generales. Medidas fiscales, administrativas y financieras. Organización. (BOE-A-2025-11959)
Ley 5/2025, de 30 de mayo, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
249 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 14 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 77582
La Ley 6/2014, de 25 de julio, de prevención, calidad y control ambiental de
actividades en la Comunitat Valenciana, se modifica en el ámbito de aplicación y la
propuesta de dictamen ambiental.
Así mismo, se modifican los artículos 2, 4, 6, 11, 12, 28, 41, 52, 58, 65 y se añade
una disposición transitoria en la Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de caza de la
Comunitat Valenciana.
Por último, otras normas que se modifican son las siguientes:
– Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de espacios naturales protegidos de la Comunitat
Valenciana.
– Decreto 58/2018, de 4 de mayo, del Consejo, por el cual se aprueba el Plan de
acción territorial de la infraestructura verde del litoral de la Comunitat Valenciana y el
Catálogo de playas de la Comunitat Valenciana.
– Ley 1/1999, de 31 de marzo, de tarifas portuarias.
En lo que se refiere a las competencias que corresponden a la Conselleria de
Innovación, Industria, Comercio y Turismo, en materia de consumo, se modifica el texto
refundido de la Ley del estatuto de las personas consumidoras y usuarias de la
Comunitat Valenciana, aprobado por Decreto Legislativo 1/2019, de 13 de diciembre, del
Consell, con el fin de adecuarlo a los cambios normativos operados en la legislación
estatal básica de la protección de los derechos de las personas consumidoras y
usuarias, que se encuentra recogida en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de
noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general para la defensa de
los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias, y específicamente en el
régimen sancionador.
En el ámbito de las competencias en materia de seguridad industrial, energía y minas
destacamos la introducción en la disposición adicional primera de la ley, de una
regulación relativa a la condición de autoridad del personal inspector en materia de
seguridad industrial, energía y minas, para poder hacer efectivo lo dispuesto en la
normativa estatal básica en materia de industria, la Ley 21/1992, de 16 de julio, de
Industria, en cuanto al control administrativo, según el cual las Administraciones Públicas
competentes podrán comprobar en cualquier momento por sí mismas, contando con los
medios y requisitos reglamentariamente exigidos, o a través de organismos de control, el
cumplimiento de las disposiciones y requisitos de seguridad, de oficio o a instancia de
parte interesada en casos de riesgo significativo para las personas, animales, bienes o
medio ambiente, control que se realiza a través de inspecciones.
VI
En el título III, en el capítulo I, la ley contiene medidas de organización administrativa
que afectan la Agencia Tributaria Valenciana, ente del Sector Público Instrumental de la
Generalitat adscrito a la Conselleria de Hacienda y Economía. En concreto se modifica la
Ley 7/2014, de 22 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y
financiera, y de organización de la Generalitat, que contiene la regulación de los órganos
y la estructura de la Agencia Tributaria Valenciana.
En el capítulo II, la ley incluye medidas organizativas relativas a entes adscritos a la
Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo.
En concreto se modifica la Ley 1/2018, de 9 de febrero, reguladora del Instituto
Valenciano de Arte Moderno (IVAM).
VII
La parte final de la ley contiene las disposiciones adicionales, transitorias,
derogatoria y finales que complementan la ley recogiendo diversas previsiones que, por
razones de técnica legislativa, no se consideran susceptibles de incluir en los títulos
anteriormente aludidos.
cve: BOE-A-2025-11959
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 143
Sábado 14 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 77582
La Ley 6/2014, de 25 de julio, de prevención, calidad y control ambiental de
actividades en la Comunitat Valenciana, se modifica en el ámbito de aplicación y la
propuesta de dictamen ambiental.
Así mismo, se modifican los artículos 2, 4, 6, 11, 12, 28, 41, 52, 58, 65 y se añade
una disposición transitoria en la Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de caza de la
Comunitat Valenciana.
Por último, otras normas que se modifican son las siguientes:
– Ley 11/1994, de 27 de diciembre, de espacios naturales protegidos de la Comunitat
Valenciana.
– Decreto 58/2018, de 4 de mayo, del Consejo, por el cual se aprueba el Plan de
acción territorial de la infraestructura verde del litoral de la Comunitat Valenciana y el
Catálogo de playas de la Comunitat Valenciana.
– Ley 1/1999, de 31 de marzo, de tarifas portuarias.
En lo que se refiere a las competencias que corresponden a la Conselleria de
Innovación, Industria, Comercio y Turismo, en materia de consumo, se modifica el texto
refundido de la Ley del estatuto de las personas consumidoras y usuarias de la
Comunitat Valenciana, aprobado por Decreto Legislativo 1/2019, de 13 de diciembre, del
Consell, con el fin de adecuarlo a los cambios normativos operados en la legislación
estatal básica de la protección de los derechos de las personas consumidoras y
usuarias, que se encuentra recogida en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de
noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general para la defensa de
los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias, y específicamente en el
régimen sancionador.
En el ámbito de las competencias en materia de seguridad industrial, energía y minas
destacamos la introducción en la disposición adicional primera de la ley, de una
regulación relativa a la condición de autoridad del personal inspector en materia de
seguridad industrial, energía y minas, para poder hacer efectivo lo dispuesto en la
normativa estatal básica en materia de industria, la Ley 21/1992, de 16 de julio, de
Industria, en cuanto al control administrativo, según el cual las Administraciones Públicas
competentes podrán comprobar en cualquier momento por sí mismas, contando con los
medios y requisitos reglamentariamente exigidos, o a través de organismos de control, el
cumplimiento de las disposiciones y requisitos de seguridad, de oficio o a instancia de
parte interesada en casos de riesgo significativo para las personas, animales, bienes o
medio ambiente, control que se realiza a través de inspecciones.
VI
En el título III, en el capítulo I, la ley contiene medidas de organización administrativa
que afectan la Agencia Tributaria Valenciana, ente del Sector Público Instrumental de la
Generalitat adscrito a la Conselleria de Hacienda y Economía. En concreto se modifica la
Ley 7/2014, de 22 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y
financiera, y de organización de la Generalitat, que contiene la regulación de los órganos
y la estructura de la Agencia Tributaria Valenciana.
En el capítulo II, la ley incluye medidas organizativas relativas a entes adscritos a la
Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo.
En concreto se modifica la Ley 1/2018, de 9 de febrero, reguladora del Instituto
Valenciano de Arte Moderno (IVAM).
VII
La parte final de la ley contiene las disposiciones adicionales, transitorias,
derogatoria y finales que complementan la ley recogiendo diversas previsiones que, por
razones de técnica legislativa, no se consideran susceptibles de incluir en los títulos
anteriormente aludidos.
cve: BOE-A-2025-11959
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 143