Comunitat Valenciana. I. Disposiciones generales. Presupuestos. (BOE-A-2025-11960)
Ley 6/2025, de 30 de mayo, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Sábado 14 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 77830
– En relación con la gestión de créditos financiados con fondos finalistas, se han
incorporado toda una serie de reglas en orden a facilitar su gestión durante el marco
temporal que abarca el cierre y liquidación del ejercicio.
– Se desarrolla el régimen de control y seguimiento del gasto público, y las medidas
asociadas al mismo, previstas en el artículo 56.1 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la
Generalitat.
– Se introduce una regulación concreta para atender la coordinación necesaria entre
los responsables de la gestión del personal de la Administración de Justicia, y los
órganos competentes en materia de gastos de personal de la Conselleria de Hacienda y
Economía.
– Se regula un régimen específico para las reorganizaciones administrativas que
tengan incidencia en la clasificación orgánica y por programas del presupuesto.
– Se ha actualizado el importe del complemento autonómico transitorio del personal
al servicio de la Administración de Justicia, en los términos previstos en el Acuerdo de 23
de julio de 2024, del Consell, por el cual se ratifica el Acuerdo de 12 de diciembre
de 2023, de la Mesa Sectorial de Justicia.
TÍTULO I
De la aprobación de los presupuestos
CAPÍTULO I
Contenido y créditos iniciales
Artículo 1.
Contenido.
a) Las obligaciones que pueden reconocer las Instituciones a que se refieren los
apartados 2 y 3 del artículo 20 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.
b) Las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Administración de la
Generalitat y sus organismos autónomos, así como los derechos que se prevé liquidar
durante el ejercicio.
c) Las estimaciones de gastos e ingresos a realizar por las sociedades mercantiles
de la Generalitat.
d) La totalidad de los gastos e ingresos de las entidades públicas empresariales de
la Generalitat y de otras entidades de derecho público distintas de las anteriores.
e) Las estimaciones de gastos e ingresos a realizar por las fundaciones del sector
público de la Generalitat.
f) Las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer los consorcios adscritos
a la Generalitat, siempre que sus actos estén sujetos directa o indirectamente al poder
de decisión de la misma, así como los derechos que se prevé liquidar durante el
ejercicio.
g) Las estimaciones de gastos e ingresos a realizar por los fondos carentes de
personalidad jurídica a que se refiere el apartado 4 del artículo 2 de la Ley 1/2015, de 6
de febrero, de la Generalitat.
2. En consecuencia, los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025 son el
resultado de la integración de los siguientes presupuestos:
a) El de las Instituciones recogidas en el artículo 20 del Estatuto de Autonomía de
la Comunitat Valenciana.
b) El de la Administración de la Generalitat.
c) Los de los organismos autónomos de la Generalitat.
cve: BOE-A-2025-11960
Verificable en https://www.boe.es
1. Los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025 constituyen la
expresión cifrada, conjunta y sistemática de:
Núm. 143
Sábado 14 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 77830
– En relación con la gestión de créditos financiados con fondos finalistas, se han
incorporado toda una serie de reglas en orden a facilitar su gestión durante el marco
temporal que abarca el cierre y liquidación del ejercicio.
– Se desarrolla el régimen de control y seguimiento del gasto público, y las medidas
asociadas al mismo, previstas en el artículo 56.1 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la
Generalitat.
– Se introduce una regulación concreta para atender la coordinación necesaria entre
los responsables de la gestión del personal de la Administración de Justicia, y los
órganos competentes en materia de gastos de personal de la Conselleria de Hacienda y
Economía.
– Se regula un régimen específico para las reorganizaciones administrativas que
tengan incidencia en la clasificación orgánica y por programas del presupuesto.
– Se ha actualizado el importe del complemento autonómico transitorio del personal
al servicio de la Administración de Justicia, en los términos previstos en el Acuerdo de 23
de julio de 2024, del Consell, por el cual se ratifica el Acuerdo de 12 de diciembre
de 2023, de la Mesa Sectorial de Justicia.
TÍTULO I
De la aprobación de los presupuestos
CAPÍTULO I
Contenido y créditos iniciales
Artículo 1.
Contenido.
a) Las obligaciones que pueden reconocer las Instituciones a que se refieren los
apartados 2 y 3 del artículo 20 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.
b) Las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer la Administración de la
Generalitat y sus organismos autónomos, así como los derechos que se prevé liquidar
durante el ejercicio.
c) Las estimaciones de gastos e ingresos a realizar por las sociedades mercantiles
de la Generalitat.
d) La totalidad de los gastos e ingresos de las entidades públicas empresariales de
la Generalitat y de otras entidades de derecho público distintas de las anteriores.
e) Las estimaciones de gastos e ingresos a realizar por las fundaciones del sector
público de la Generalitat.
f) Las obligaciones que, como máximo, pueden reconocer los consorcios adscritos
a la Generalitat, siempre que sus actos estén sujetos directa o indirectamente al poder
de decisión de la misma, así como los derechos que se prevé liquidar durante el
ejercicio.
g) Las estimaciones de gastos e ingresos a realizar por los fondos carentes de
personalidad jurídica a que se refiere el apartado 4 del artículo 2 de la Ley 1/2015, de 6
de febrero, de la Generalitat.
2. En consecuencia, los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025 son el
resultado de la integración de los siguientes presupuestos:
a) El de las Instituciones recogidas en el artículo 20 del Estatuto de Autonomía de
la Comunitat Valenciana.
b) El de la Administración de la Generalitat.
c) Los de los organismos autónomos de la Generalitat.
cve: BOE-A-2025-11960
Verificable en https://www.boe.es
1. Los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025 constituyen la
expresión cifrada, conjunta y sistemática de: