Comunitat Valenciana. I. Disposiciones generales. Presupuestos. (BOE-A-2025-11960)
Ley 6/2025, de 30 de mayo, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2025.
170 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 14 de junio de 2025

Sec. I. Pág. 77829

fundamentales. De tal manera que, en colaboración con la conselleria competente en
materia de hacienda, se introducen mecanismos y soluciones conjuntas que permitan
mejorar dicha gestión, y asegurar que la atención de los compromisos y prestaciones
garantizadas se realiza de forma sincrónica con la situación real de la Tesorería. Esta
fórmula trata de paliar los efectos que sobre la ciudadanía de la Comunitat Valenciana
tiene el retraso en la actualización del modelo de financiación, de forma que solo una
gestión responsable y coordinada, que asegure que los órganos competentes en materia
de hacienda conozcan en tiempo y forma las necesidades reales de gasto en áreas tan
relevantes, pueda compensar los desfases temporales que dicha infrafinanción produce
entre los estados de gastos e ingresos del presupuesto.
La redacción es similar en los tres preceptos, no obstante incluir las precisiones
necesarias en función de las características propias de cada uno de los servicios
públicos afectados.
Por último, en el artículo 25, relativo a los créditos ampliables, se han introducido una
serie de modificaciones en orden a priorizar los gastos asociados a las prestaciones
vinculadas a derechos subjetivos.
El título III, De los gastos de personal, se ordena en dos capítulos, en los que se
recogen principalmente las normas relativas al régimen de las retribuciones del personal
al servicio de la Generalitat, distinguiendo según sea laboral, funcionario o personal
estatutario y eventual. El contenido de este título se completa con toda una serie de
disposiciones adicionales, que desarrollan y complementan su alcance.
El título IV, Gestión de las líneas de subvención y de transferencias, incluye una serie
de excepciones al régimen general de pago anticipado de las subvenciones previsto en
el artículo 171 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat. El titulo se ha
modificado al objeto de incorporar concretos supuestos, además de introducir puntuales
modificaciones técnicas en la redacción, propuestos por los distintos centros de gestión.
El título V, De las operaciones financieras, se estructura en un único capítulo, y en él
se refleja la autorización para el endeudamiento anual de la Generalitat, el importe
máximo de los avales a prestar por la Generalitat durante el 2025 y el régimen de las
operaciones de crédito del sector público.
El título VI, De las normas tributarias, se compone de dos capítulos. El primero
establece la tarifa aplicable al canon de saneamiento, y el segundo se refiere a los tipos
aplicables a las tasas propias y otros ingresos de la Generalitat. Respecto al canon, un
ejercicio más no se incrementan las cuotas, y respecto de las tasas, se mantienen,
igualmente por segundo año consecutivo, los tipos de cuantía fija y en lo que respecta a
los restantes ingresos de derecho público no tributarios de la Hacienda de la Generalitat
se mantienen en el importe exigible el 1 de enero del año 2024, con determinadas
excepciones, como son los precios públicos, que se regirán por su propia normativa, y
aquellas tasas creadas o modificadas por la Ley de Medidas Fiscales, de Gestión
Administrativa y Financiera y de Organización de la Generalitat para el año 2025.
El título VII, De la información a Les Corts, incluye un único artículo que detalla un
conjunto de supuestos, vinculados al ámbito económico-presupuestario, sobre los que la
Conselleria de Hacienda y Economía tiene que dar cuenta periódicamente a Les Corts,
en el marco de las previsiones que al efecto recoge la mencionada Ley 1/2015, de 6
febrero, de la Generalitat.
El contenido de la Ley de presupuestos se completa con diversas disposiciones
adicionales, transitorias y finales, en las que se recogen preceptos de alcance diverso, y
que fundamentalmente tienen por objeto completar y concretar aspectos diversos de la
gestión presupuestaria. Cabe destacar como principales novedades:
– Adecuar el régimen de incorporación de remanentes de Les Corts a la propia
naturaleza de la Institución.
– Concretar la regulación de la concesión directa de subvenciones por razones de
interés público, social, económico o humanitario.
– Mejora de los criterios y exigencias del procedimiento para aprobar planes
estratégicos en el ámbito del sector público instrumental.

cve: BOE-A-2025-11960
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 143