Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Premios. (BOE-A-2025-12046)
Orden CLT/612/2025, de 4 de junio, por la que se convoca el Premio Nacional de Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud correspondiente al año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Sábado 14 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 78449

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
12046

Orden CLT/612/2025, de 4 de junio, por la que se convoca el Premio
Nacional de Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud correspondiente al
año 2025.

La Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del
Ministerio de Cultura establece, en su punto primero, la relación de los premios
nacionales que concede el departamento, en distintas actividades culturales, entre los
que se encuentra el Premio Nacional de Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud.
Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales se otorgarán como
recompensa y reconocimiento a la meritoria labor de las personas o entidades en cada
uno de los ámbitos culturales, puesta de manifiesto a través de una obra o actuación
hecha pública o representada durante el año anterior o, en casos excepcionales
debidamente motivados, también podrán otorgarse como reconocimiento a una
trayectoria profesional.
En su virtud, al amparo de lo previsto en el artículo 61.o) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:
Convocar el Premio Nacional de Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud
correspondiente al año 2025, de conformidad con lo siguiente:
Primero. Objeto y finalidad del Premio.
El Premio Nacional de Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud recompensará
la meritoria labor de una persona o entidad en el ámbito de las artes escénicas para el
público infantil y juvenil, puesta de manifiesto preferentemente a través de una obra o
actuación hecha pública o representada durante el año 2024 o, en casos excepcionales
debidamente motivados, también podrán otorgarse como reconocimiento a una
trayectoria profesional.
El Premio se otorgará en base a las actividades de creación escénica para el público
infantil y juvenil realizadas por personas físicas o colectivos, cualquiera que sea su
personalidad jurídica.
Para la concesión del Premio se tendrá en cuenta la calidad de la obra o actividad
recompensada y su significación como aportación sobresaliente e innovadora a las artes
escénicas para la infancia y la juventud.
No podrán ser susceptibles de ser valoradas aquellas obras que sean creadas
íntegra y exclusivamente por inteligencia artificial generativa.
Dotación económica.

La dotación económica del Premio Nacional de Artes Escénicas para la Infancia y la
Juventud es de 30.000,00 euros, cuantía que no podrá dividirse.
El importe del Premio se satisfará con cargo a la aplicación
presupuestaria 24.107.335B.488, «Premios Nacionales de Teatro y de Circo, Premio
Nacional de Artes Escénicas para la Infancia y la Juventud y Premio de Teatro para
Autores Noveles “Calderón de la Barca”», asignada al Instituto Nacional de las Artes
Escénicas y de la Música.

cve: BOE-A-2025-12046
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.