Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-12020)
Resolución de 21 de abril de 2025, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica el Convenio con la Universidad Politécnica de Madrid y el Centro de Referencia de I+D+i ATM Agrupación de Interés Económico, para el desarrollo de actividades de I+D+i de interés común en el ámbito de inteligencia artificial en ATM.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 14 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 78168

Ambas partes se reconocen plena capacidad jurídica para suscribir el presente
convenio, y a tal efecto
EXPONEN
I. Que ENAIRE, es una Entidad Pública Empresarial, creada por el artículo 82 de la
Ley 4/1990, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990, que se
rige por el Estatuto aprobado por Real Decreto 160/2023, de 7 de marzo, tiene
personalidad jurídica propia e independiente de la del Estado, plena capacidad jurídica,
pública y privada y patrimonio propio, tiene encomendadas como funciones la prestación
de forma segura, eficaz, continuada y sostenible de los servicios de navegación aérea y
espacio aéreo encomendados por el Estado y, además, la coordinación operativa
nacional e internacional de la red nacional de gestión del tráfico aéreo y otras
relacionadas con los usos para la gestión eficiente del espacio aéreo teniendo en cuenta
las necesidades de los usuarios del espacio aéreo.
Por ello, ENAIRE tiene especial interés en fomentar y apoyar la investigación y el
desarrollo científico y tecnológico, así como favorecer su difusión y asimilación entre los
profesionales del transporte aéreo y en su aplicación a la resolución de los problemas
concretos de la navegación aérea, para lograr una mejor gestión mediante una eficiente
y coordinada integración con todos los partícipes del sector del transporte aéreo, todo
ello dentro de un desarrollo sostenible social y medioambiental.
Que ENAIRE, dentro de la estrategia de su Campus Corporativo, incluye el desarrollo
de proyectos en los ámbitos de la investigación científica y técnica. En este contexto, con
fecha 12 de diciembre de 2017, ENAIRE suscribió junto con la Universidad Politécnica
de Madrid un Protocolo General de Actuación, en virtud del cual, ambas instituciones,
propiciarían el desarrollo de proyectos, ensayos y trabajos de investigación tecnológica y
homologación de materiales, equipos, procedimientos y sistemas, con los grupos de
trabajo en los que, de mutuo acuerdo, podrían integrarse otras instituciones, públicas o
privadas, de análogos intereses.
Asimismo, el citado Protocolo preveía el desarrollo del mismo mediante convenios
específicos, pudiendo incluir la participación de otras entidades públicas o privadas,
desarrollo que se procede a llevar a efecto mediante la suscripción del presente
convenio.
II. Que la UPM se rige por la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y por sus propios
estatutos, aprobados por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid el día 21
de octubre de 2010 (BOCM 15 de noviembre de 2010. Decreto 74/2010, de 21 de
octubre), y modificados por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid el día 3
de abril de 2018 (BOCM 9 de abril de 2018. Decreto 26/2018, de 3 de abril). Conforme a
la normativa legal vigente, goza de personalidad jurídica propia y plena capacidad de
obrar dentro de su ámbito de actuación, teniendo encomendado el servicio público de
educación superior mediante la docencia, el estudio y la investigación, que realiza a
través de labores de creación, desarrollo, transmisión y crítica de la ciencia, la técnica y
la cultura.
Que la investigación es una función esencial de la Universidad Politécnica de Madrid,
configurándose como fundamento de la docencia, así como un medio para el desarrollo
científico, técnico y cultural de la sociedad.
III. Que CRIDA es una Agrupación de Interés Económico sin ánimo de lucro, de
titularidad pública y asimilada a sociedad mercantil estatal por orden de 13 de marzo
de 2017 del Ministerio de Hacienda y Función Pública y, como sociedad mercantil, se
rige por las normas del derecho privado. Adicionalmente, tal y como se recoge en su
escritura de constitución de fecha 27 de febrero de 2008 otorgada por el notario de
Madrid, don José María Regidor Cano, se rige por sus Estatutos y, en cuanto en ellos no
está previsto, por la ley 12/1991, de 29 de abril, a cuyos preceptos queda sometida, y
subsidiariamente a las disposiciones del Código de Comercio sobre Sociedades en

cve: BOE-A-2025-12020
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Núm. 143