Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-12024)
Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Remolcadores Nosa Terra, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143

Sábado 14 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 78272

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
12024

Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo de Remolcadores Nosa
Terra, SA.

Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Remolcadores Nosa Terra, SA
–REMOLCANOSA– código de convenio n.º 90009502011995, que fue suscrito con
fecha 26 de febrero de 2025, de una parte, por los designados por la Dirección de la
empresa, en representación de la misma, y de otra por el Comité de empresa, en
representación de los trabajadores afectados, y que ha quedado finalmente subsanado
el 16 de mayo de 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2
y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real
Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de
mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 30 de mayo de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA REMOLCADORES NOSA TERRA, SA,
2025-2028
CAPÍTULO PRIMERO
Disposiciones generales
Artículo 1.1. Ámbito de aplicación.

Artículo 1.2. Vigencia.
Entrará en vigor a partir del primero de febrero de 2025 y desplegará su vigencia
ordinaria hasta el 31 de diciembre de 2028.
La denuncia será automática; mantendrán vigencia sus cláusulas normativas y
obligacionales hasta la consecución de un nuevo convenio colectivo que lo sustituya. A
partir del 30 de noviembre de 2028, la parte que lo desee deberá comunicar a la otra su
voluntad de constituir la mesa de negociación para iniciar una nueva negociación, con el
calendario que en su momento se establezca.

cve: BOE-A-2025-12024
Verificable en https://www.boe.es

El presente convenio regula las condiciones laborales, sociales y económicas entre
la empresa Remolcadores Nosa Terra SA, sita en Vigo, en el Muelle de Trasatlánticos,
s/n y su personal, cualquiera que sea la ubicación física en la estos que presten sus
servicios.