Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12125)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre Telefónica, SA, y el Consorcio Casa de América, para el desarrollo de las actividades y programación ordinarias del Consorcio, con especial énfasis en aquellas relacionadas con el uso y el estudio de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Lunes 16 de junio de 2025
Novena.
9.1
Sec. III. Pág. 78670
Cumplimiento de las leyes anti-corrupción.
Casa de América se compromete, reconoce y garantiza que:
a) Tanto Casa de América, como cualquiera de las sociedades o personas que la
controlan, así como las filiales de Casa de América, sus socios, directivos,
administradores, empleados y agentes relacionados de alguna manera con el
Compromiso Relevante(1), cumplirán en todo momento durante el Compromiso
Relevante (incluyendo, en su caso, la adquisición de los productos y/o contenidos que
estuvieren relacionados con el suministro de bienes y/o prestación de servicios objeto de
este Acuerdo) con todas las leyes, estatutos, reglamentos y códigos aplicables en
materia de lucha contra la corrupción, incluyendo, en cualquier caso y sin limitación, la
Ley de los Estados Unidos sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero (colectivamente,
«Normativa sobre Lucha contra la Corrupción»);
(1)
«Compromiso Relevante»: es el objeto del presente Acuerdo.
b) Con relación al Compromiso Relevante, ni Casa de América ni ninguna de las
sociedades o personas que la controlan, ni las filiales de Casa de América, sus socios,
directivos, administradores, empleados y agentes, ofrecerán, prometerán o entregarán,
ni a la fecha de entrada en vigor del presente acuerdo han ofrecido, prometido o
entregado, directa o indirectamente, dinero u objetos de valor a (i) ningún «Funcionario
Público»(2) a fin de influir en actuaciones de la autoridad o institución pública o, de alguna
forma, de obtener una ventaja indebida; (ii) cualquier otra persona, si se tiene
conocimiento de que todo o parte del dinero u objeto de valor será ofrecido o entregado
a un Funcionario Público para influir en actuaciones de la autoridad o institución pública
o, de alguna forma, obtener una ventaja indebida, o (iii) a cualquier otra persona, a fin de
inducirle a actuar de manera desleal o, de cualquier modo, inapropiada;
c) Casa de América conservará y mantendrá libros y registros financieros precisos
y razonablemente detallados con relación a este Acuerdo y el Compromiso Relevante;
d) Casa de América dispone de, y mantendrá en vigor durante la vigencia de este
Acuerdo, políticas o procedimientos propios para garantizar el cumplimiento de la
Normativa sobre Lucha contra la Corrupción, y suficientes para asegurar razonablemente
que cualquier violación de dicha Normativa sobre Lucha contra la Corrupción se
prevendrá, detectará y disuadirá;
e) Casa de América comunicará de inmediato a Telefónica el eventual
incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones descritas en los párrafos a), b) y c) de
esta cláusula 10.1. En dicho caso de incumplimiento, Telefónica se reserva el derecho a
exigir a Casa de América la inmediata adopción de medidas correctivas apropiadas.
f) A efectos aclaratorios, las manifestaciones, garantías y compromisos de Casa de
América recogidos en esta cláusula 10.1 serán aplicables de manera íntegra a
cualesquiera terceros sujetos al control o influencia de Casa de América, o que actúen
en nombre de Casa de América, con relación al Compromiso Relevante; de forma que
Casa de América manifiesta que ha adoptado las medidas razonables para asegurar el
cumplimiento de lo anterior por parte de dichos terceros. Asimismo, ningún derecho u
obligación, así como ningún servicio a ser prestado por Casa de América, con relación al
Compromiso Relevante, será cedido, transferido o subcontratado a cualquier tercero sin
el previo consentimiento por escrito de Telefónica;
g) Casa de América certificará que cumple con esta cláusula 9.1 periódicamente,
según sea requerido por Telefónica.
cve: BOE-A-2025-12125
Verificable en https://www.boe.es
(2)
«Funcionario Público»: incluye cualquier persona que trabaje para o en nombre de un departamento
del gobierno nacional, estatal, provincial o local, cuerpo, agencia u otra entidad del gobierno (incluyendo
empresas controladas o propiedad del gobierno) o cualquier organización pública internacional. El término
también incluye a los partidos políticos, funcionarios del partido y candidatos a un cargo público.
Núm. 144
Lunes 16 de junio de 2025
Novena.
9.1
Sec. III. Pág. 78670
Cumplimiento de las leyes anti-corrupción.
Casa de América se compromete, reconoce y garantiza que:
a) Tanto Casa de América, como cualquiera de las sociedades o personas que la
controlan, así como las filiales de Casa de América, sus socios, directivos,
administradores, empleados y agentes relacionados de alguna manera con el
Compromiso Relevante(1), cumplirán en todo momento durante el Compromiso
Relevante (incluyendo, en su caso, la adquisición de los productos y/o contenidos que
estuvieren relacionados con el suministro de bienes y/o prestación de servicios objeto de
este Acuerdo) con todas las leyes, estatutos, reglamentos y códigos aplicables en
materia de lucha contra la corrupción, incluyendo, en cualquier caso y sin limitación, la
Ley de los Estados Unidos sobre Prácticas Corruptas en el Extranjero (colectivamente,
«Normativa sobre Lucha contra la Corrupción»);
(1)
«Compromiso Relevante»: es el objeto del presente Acuerdo.
b) Con relación al Compromiso Relevante, ni Casa de América ni ninguna de las
sociedades o personas que la controlan, ni las filiales de Casa de América, sus socios,
directivos, administradores, empleados y agentes, ofrecerán, prometerán o entregarán,
ni a la fecha de entrada en vigor del presente acuerdo han ofrecido, prometido o
entregado, directa o indirectamente, dinero u objetos de valor a (i) ningún «Funcionario
Público»(2) a fin de influir en actuaciones de la autoridad o institución pública o, de alguna
forma, de obtener una ventaja indebida; (ii) cualquier otra persona, si se tiene
conocimiento de que todo o parte del dinero u objeto de valor será ofrecido o entregado
a un Funcionario Público para influir en actuaciones de la autoridad o institución pública
o, de alguna forma, obtener una ventaja indebida, o (iii) a cualquier otra persona, a fin de
inducirle a actuar de manera desleal o, de cualquier modo, inapropiada;
c) Casa de América conservará y mantendrá libros y registros financieros precisos
y razonablemente detallados con relación a este Acuerdo y el Compromiso Relevante;
d) Casa de América dispone de, y mantendrá en vigor durante la vigencia de este
Acuerdo, políticas o procedimientos propios para garantizar el cumplimiento de la
Normativa sobre Lucha contra la Corrupción, y suficientes para asegurar razonablemente
que cualquier violación de dicha Normativa sobre Lucha contra la Corrupción se
prevendrá, detectará y disuadirá;
e) Casa de América comunicará de inmediato a Telefónica el eventual
incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones descritas en los párrafos a), b) y c) de
esta cláusula 10.1. En dicho caso de incumplimiento, Telefónica se reserva el derecho a
exigir a Casa de América la inmediata adopción de medidas correctivas apropiadas.
f) A efectos aclaratorios, las manifestaciones, garantías y compromisos de Casa de
América recogidos en esta cláusula 10.1 serán aplicables de manera íntegra a
cualesquiera terceros sujetos al control o influencia de Casa de América, o que actúen
en nombre de Casa de América, con relación al Compromiso Relevante; de forma que
Casa de América manifiesta que ha adoptado las medidas razonables para asegurar el
cumplimiento de lo anterior por parte de dichos terceros. Asimismo, ningún derecho u
obligación, así como ningún servicio a ser prestado por Casa de América, con relación al
Compromiso Relevante, será cedido, transferido o subcontratado a cualquier tercero sin
el previo consentimiento por escrito de Telefónica;
g) Casa de América certificará que cumple con esta cláusula 9.1 periódicamente,
según sea requerido por Telefónica.
cve: BOE-A-2025-12125
Verificable en https://www.boe.es
(2)
«Funcionario Público»: incluye cualquier persona que trabaje para o en nombre de un departamento
del gobierno nacional, estatal, provincial o local, cuerpo, agencia u otra entidad del gobierno (incluyendo
empresas controladas o propiedad del gobierno) o cualquier organización pública internacional. El término
también incluye a los partidos políticos, funcionarios del partido y candidatos a un cargo público.