Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12137)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., y el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación, O.A., para la promoción de la universidad española en la Feria NAFSA 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Lunes 16 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 78759
Por lo tanto, toda la información o documentación que cada una de las Partes
obtenga de la otra con motivo del presente convenio tendrá carácter confidencial y no
podrá ser comunicada o publicada, salvo en los términos o condiciones que las Partes
acuerden expresamente.
La obligación de confidencialidad no será de aplicación a la información manejada
para la ejecución del objeto del presente convenio, en su caso: (1) una vez se haya
puesto a disposición del público en general o que ya se encuentre en el dominio público
(siempre que su conocimiento público sea fruto de causas distintas del incumplimiento
de la obligación de confidencialidad por la Parte receptora de la información); (2) cuando
obre ya en poder de la Parte receptora y no esté sujeta a cualquier otro acuerdo de
confidencialidad entre las Partes, siempre que este hecho sea puesto de manifiesto a la
otra Parte en el momento de su comunicación; (3) cuando sea recibida a través de
terceros sin que implique incumplimiento de este convenio; (4) cuando sea
independientemente desarrollada por alguna de las Partes; o (5) cuando deba ser
revelada para dar cumplimiento a una orden de naturaleza judicial o administrativa (en
cuyo caso la Parte receptora deberá informar inmediatamente a la otra Parte y adoptar
todas las medidas de seguridad disponibles para evitar que la información de que se
trate se divulgue antes de que deba ser revelada).
Duodécima.
1.
Protección de datos personales.
Deber de información mutuo.
Las Partes informan a los representantes que firman el presente convenio de que sus
datos de carácter personal serán tratados por cada una de las Partes como
responsables de tratamiento con la finalidad de mantener y cumplir la presente relación
jurídica, siendo imprescindible para ello que se aporten sus datos identificativos, la
capacidad de representación que ostentan, número de DNI o documento equivalente y
su firma.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los firmantes del convenio
es la necesidad para la celebración y ejecución del presente convenio. Los datos serán
conservados durante la vigencia del presente convenio y, posteriormente, durante el
plazo legalmente establecido debidamente bloqueados con la finalidad de atender a las
posibles responsabilidades derivadas de la relación jurídica.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, limitación, portabilidad y oposición ante la Parte que corresponda dirigiéndose a:
2. Regulación de los tratamientos de datos de terceros que se producirán para la
organización de la Feria. Corresponsabilidad en el tratamiento de los datos de los
participantes.
De acuerdo con Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (en adelante,
RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales (LOPD) y demás normativa aplicable, las Partes
adquieren la condición de corresponsables de los datos de los participantes en la Feria
(excepto en los casos expresamente especificados más adelante), teniendo
particularmente en cuenta que todos se comprometen a:
– No utilizar ni tratar datos de carácter personal con finalidad distinta a la ejecución
del convenio, no comunicar los datos bajo ningún concepto a terceras personas, ni
siquiera para su conservación, y, en especial, no reproducir, ni publicar, ni difundir
ninguna información acerca de los datos. Todo ello sin perjuicio de las comunicaciones
cve: BOE-A-2025-12137
Verificable en https://www.boe.es
– ICEX: delegadoprotecciondatos@icex.es.
– SEPIE: dpd.sepie@sepie.es.
Núm. 144
Lunes 16 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 78759
Por lo tanto, toda la información o documentación que cada una de las Partes
obtenga de la otra con motivo del presente convenio tendrá carácter confidencial y no
podrá ser comunicada o publicada, salvo en los términos o condiciones que las Partes
acuerden expresamente.
La obligación de confidencialidad no será de aplicación a la información manejada
para la ejecución del objeto del presente convenio, en su caso: (1) una vez se haya
puesto a disposición del público en general o que ya se encuentre en el dominio público
(siempre que su conocimiento público sea fruto de causas distintas del incumplimiento
de la obligación de confidencialidad por la Parte receptora de la información); (2) cuando
obre ya en poder de la Parte receptora y no esté sujeta a cualquier otro acuerdo de
confidencialidad entre las Partes, siempre que este hecho sea puesto de manifiesto a la
otra Parte en el momento de su comunicación; (3) cuando sea recibida a través de
terceros sin que implique incumplimiento de este convenio; (4) cuando sea
independientemente desarrollada por alguna de las Partes; o (5) cuando deba ser
revelada para dar cumplimiento a una orden de naturaleza judicial o administrativa (en
cuyo caso la Parte receptora deberá informar inmediatamente a la otra Parte y adoptar
todas las medidas de seguridad disponibles para evitar que la información de que se
trate se divulgue antes de que deba ser revelada).
Duodécima.
1.
Protección de datos personales.
Deber de información mutuo.
Las Partes informan a los representantes que firman el presente convenio de que sus
datos de carácter personal serán tratados por cada una de las Partes como
responsables de tratamiento con la finalidad de mantener y cumplir la presente relación
jurídica, siendo imprescindible para ello que se aporten sus datos identificativos, la
capacidad de representación que ostentan, número de DNI o documento equivalente y
su firma.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los firmantes del convenio
es la necesidad para la celebración y ejecución del presente convenio. Los datos serán
conservados durante la vigencia del presente convenio y, posteriormente, durante el
plazo legalmente establecido debidamente bloqueados con la finalidad de atender a las
posibles responsabilidades derivadas de la relación jurídica.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, limitación, portabilidad y oposición ante la Parte que corresponda dirigiéndose a:
2. Regulación de los tratamientos de datos de terceros que se producirán para la
organización de la Feria. Corresponsabilidad en el tratamiento de los datos de los
participantes.
De acuerdo con Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (en adelante,
RGPD), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales (LOPD) y demás normativa aplicable, las Partes
adquieren la condición de corresponsables de los datos de los participantes en la Feria
(excepto en los casos expresamente especificados más adelante), teniendo
particularmente en cuenta que todos se comprometen a:
– No utilizar ni tratar datos de carácter personal con finalidad distinta a la ejecución
del convenio, no comunicar los datos bajo ningún concepto a terceras personas, ni
siquiera para su conservación, y, en especial, no reproducir, ni publicar, ni difundir
ninguna información acerca de los datos. Todo ello sin perjuicio de las comunicaciones
cve: BOE-A-2025-12137
Verificable en https://www.boe.es
– ICEX: delegadoprotecciondatos@icex.es.
– SEPIE: dpd.sepie@sepie.es.