Ministerio de Industria y Turismo. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2025-12158)
Resolución de 5 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la segunda Adenda modificativa de Convenios con la Comunidad Autónoma de Canarias, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Lunes 16 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 78889

EXPONEN
Primero.
Que el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, estableció el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante, el
«RMRR»). De conformidad con el artículo 17 del RMRR, el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 27 de abril de 2021, aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (en adelante, «PRTR»), publicado mediante Resolución de 29 de abril
de 2021, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital («Boletín
Oficial del Estado» núm. 103, de 30 de abril de 2021), que fue aprobado por Decisión de
Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021.
El PRTR incluye, como Componente 14, el Plan de Modernización y Competitividad
del Sector Turístico (en adelante, el PMCST), cuya inversión tercera es la «Estrategias
de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares» (Islas Canarias, Illes Balears,
Ceuta y Melilla), con el objeto de responder a los retos específicos a los que se enfrenta
el sector turístico en esos territorios.
Segundo.
Que para la ejecución de la «Estrategias de resiliencia turística para territorios
extrapeninsulares» se han promulgado tres reales decretos de concesión directa de
subvenciones a las mencionadas comunidades y ciudades autónomas (Real
Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre, «Boletín Oficial del Estado» núm. 305, de 22 de
diciembre de 2021; Real Decreto 449/2022, de 14 de junio, «Boletín Oficial del Estado»
núm. 142, de 15 de junio de 2022; y Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre,
«Boletín Oficial del Estado» núm. 292, de 6 de diciembre de 2022), correspondiendo a la
Comunidad de Canarias subvenciones por importes de 20, 50 y 30 millones de euros,
respectivamente, conforme a cada uno de los reales decretos.
A su vez, en ejecución de tales reales decretos, se han suscrito tres convenios con
cada una de la comunidades y ciudades autónomas, que constituyen bases reguladoras
complementarias de dichas subvenciones. Específicamente, con la Comunidad
Autónoma de Canarias se han firmado los siguientes:
a) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 20
millones de euros prevista en el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; convenio
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 79, de 3 de abril de 2023).
b) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 50
millones de euros prevista en el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio; convenio
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 89, de 14 de abril de 2023).
c) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 30
millones de euros prevista en el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre; convenio
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 89, de 14 de abril de 2023).
Tercero.

Cuarto.
Posteriormente en virtud del Real Decreto 519/2024, de 4 de junio, se modificaron el
Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio; y
el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, de concesión directa de subvenciones. En
concreto se modificaron los artículos 5 de los Reales Decretos en el sentido de ampliar el
plazo de ejecución de las actuaciones hasta el 30 de junio de 2025.

cve: BOE-A-2025-12158
Verificable en https://www.boe.es

El periodo para la ejecución de las actuaciones se estableció de 1 de febrero de 2020
a 31 de diciembre de 2024 (cláusulas 5.ª de los tres convenios).