Ministerio de Industria y Turismo. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2025-12158)
Resolución de 5 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la segunda Adenda modificativa de Convenios con la Comunidad Autónoma de Canarias, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144
Lunes 16 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 78890
Asimismo, se modificaron los artículos 14 del Real Decreto 1118/2021, de 21 de
diciembre; y los artículos 15 de los Reales Decretos 449/2022, de 14 de junio,
y 1011/2022, de 5 de diciembre, que introdujeron la posibilidad de que las
administraciones beneficiarias puedan solicitar, con carácter excepcional, la modificación
del contenido de los convenios y de las actuaciones previstas cuando aparezcan
circunstancias sobrevenidas que alteren o dificulten el cumplimiento de la finalidad de la
subvención.
Quinto.
El 11 de septiembre de 2024 las partes suscribieron una primera adenda modificativa
de los importes asignados a varias actuaciones al objeto de ajustar el presupuesto a los
cambios producidos durante la ejecución del proyecto. Esta adenda fue publicada por
Resolución de la Secretaría de Estado de Turismo de 18 de septiembre de 2024, en el
«Boletín Oficial del Estado» número 230, de 23 de septiembre.
Sexto.
El 14 de enero de 2025, en Bruselas, se adoptó la Decisión de Ejecución del Consejo
por la que se modifica la Decisión de Ejecución, de 13 de julio de 2021, relativa a la
aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España. En esta
nueva decisión, el plazo para terminar las actuaciones integradas en el CID 224 se
amplió hasta el 31 de diciembre de 2025. En aplicación de dicha Decisión de Ejecución
del Consejo, se aprobó el Real Decreto 167/2025, de 4 de marzo, por el que se amplió el
plazo de ejecución de las actuaciones hasta el 31 de diciembre de 2025.
Séptimo.
Que la Comunidad Autónoma de Canarias, en la reunión de la comisión de
seguimiento celebrada el 8 de abril de 2025, planteó la necesidad de abordar un
segundo reajuste de la financiación de las actuaciones al haberse producido una infra
ejecución en el eje 1 (Formación). La propuesta de reajuste fue tomada en consideración
por la comisión de seguimiento, vigilancia y control de los convenios.
Octavo.
Que la Comunidad Autónoma de Canarias y la Secretaría de Estado de Turismo, en
la reunión de la comisión de seguimiento celebrada el 21 de mayo de 2025, aprueban
formalmente las modificaciones propuestas en la comisión de seguimiento anteriormente
celebrada.
Conforme a lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda modificativa
(segunda), que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Ampliar el plazo establecido para la ejecución de las actuaciones en aplicación de lo
previsto en el Real Decreto 167/2025, de 4 de marzo, hasta el 31 de diciembre de 2025.
Segunda.
Modificar el cuadro de actuaciones del convenio de 30 de diciembre de 2022, entre el
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Comunidad Autónoma de Canarias, para
la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (por el que se instrumenta la subvención
cve: BOE-A-2025-12158
Verificable en https://www.boe.es
Primera.
Núm. 144
Lunes 16 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 78890
Asimismo, se modificaron los artículos 14 del Real Decreto 1118/2021, de 21 de
diciembre; y los artículos 15 de los Reales Decretos 449/2022, de 14 de junio,
y 1011/2022, de 5 de diciembre, que introdujeron la posibilidad de que las
administraciones beneficiarias puedan solicitar, con carácter excepcional, la modificación
del contenido de los convenios y de las actuaciones previstas cuando aparezcan
circunstancias sobrevenidas que alteren o dificulten el cumplimiento de la finalidad de la
subvención.
Quinto.
El 11 de septiembre de 2024 las partes suscribieron una primera adenda modificativa
de los importes asignados a varias actuaciones al objeto de ajustar el presupuesto a los
cambios producidos durante la ejecución del proyecto. Esta adenda fue publicada por
Resolución de la Secretaría de Estado de Turismo de 18 de septiembre de 2024, en el
«Boletín Oficial del Estado» número 230, de 23 de septiembre.
Sexto.
El 14 de enero de 2025, en Bruselas, se adoptó la Decisión de Ejecución del Consejo
por la que se modifica la Decisión de Ejecución, de 13 de julio de 2021, relativa a la
aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España. En esta
nueva decisión, el plazo para terminar las actuaciones integradas en el CID 224 se
amplió hasta el 31 de diciembre de 2025. En aplicación de dicha Decisión de Ejecución
del Consejo, se aprobó el Real Decreto 167/2025, de 4 de marzo, por el que se amplió el
plazo de ejecución de las actuaciones hasta el 31 de diciembre de 2025.
Séptimo.
Que la Comunidad Autónoma de Canarias, en la reunión de la comisión de
seguimiento celebrada el 8 de abril de 2025, planteó la necesidad de abordar un
segundo reajuste de la financiación de las actuaciones al haberse producido una infra
ejecución en el eje 1 (Formación). La propuesta de reajuste fue tomada en consideración
por la comisión de seguimiento, vigilancia y control de los convenios.
Octavo.
Que la Comunidad Autónoma de Canarias y la Secretaría de Estado de Turismo, en
la reunión de la comisión de seguimiento celebrada el 21 de mayo de 2025, aprueban
formalmente las modificaciones propuestas en la comisión de seguimiento anteriormente
celebrada.
Conforme a lo anterior, las partes acuerdan suscribir la presente adenda modificativa
(segunda), que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Ampliar el plazo establecido para la ejecución de las actuaciones en aplicación de lo
previsto en el Real Decreto 167/2025, de 4 de marzo, hasta el 31 de diciembre de 2025.
Segunda.
Modificar el cuadro de actuaciones del convenio de 30 de diciembre de 2022, entre el
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Comunidad Autónoma de Canarias, para
la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (por el que se instrumenta la subvención
cve: BOE-A-2025-12158
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Primera.