Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2025-12160)
Resolución de 7 de junio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en materia de estadística para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Lunes 16 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 78906

Autónoma de las Illes Balears, para la ejecución de los Programas de Estadística referidos
en la cláusula 4 del presente convenio.
Segunda.

Actuaciones.

1. La Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural de la Comunidad Autónoma
de las Illes Balears se compromete a realizar las siguientes actuaciones:
a) Las operaciones estadísticas precisas para la ejecución de su programa de
estadísticas en ejercicio de su competencia exclusiva sobre las estadísticas para fines
de la comunidad autónoma.
b) Realizar durante el año 2025 las operaciones estadísticas acordadas entre
ambas partes y posterior entrega de los resultados obtenidos al Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación, de acuerdo con el calendario establecido.
c) Disponer de los recursos materiales y humanos necesarios, ya sea de forma
directa o indirecta para realizar las operaciones estadísticas acordadas.
2. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se compromete a realizar las
siguientes actuaciones:
a) El tratamiento, depuración, integración y difusión de las operaciones, en materia
de estadística, realizadas por la comunidad autónoma, según el calendario acordado.
b) Financiar conforme lo establecido en la cláusula tercera aquella parte de los
trabajos que debe realizar la comunidad autónoma conducentes a la realización del
Programa de Estadísticas.
3. El detalle de las actuaciones y el presupuesto para el año 2025 se incluyen en
el anexo.
Tercera.

Presupuesto, financiación y forma de pago.

El presente convenio será financiado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación con cargo a la aplicación presupuestaria 21.01.411M.640.08, de los
Presupuestos Generales del Estado vigentes en el año 2025.
La contribución máxima del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación asciende
a 21.656,84 euros, que se destinarán a la ejecución de las operaciones estadísticas
acordadas por las partes conforme la planificación anual y los calendarios de las
operaciones estadísticas que se acuerden.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación abonará a la Comunidad Autónoma
de las Illes Balears dicho importe, mediante transferencia a la cuenta bancaria, códigos:
ES0321000011810201626897, una vez comprobados los trabajos realizados, y certificada
la conformidad de los mismos por el Ministerio.
La comunidad autónoma aportará los medios materiales y humanos necesarios para
la realización de las operaciones estadísticas acordadas.
Programas de trabajo.

Las operaciones estadísticas, así como los trabajos concretos que se efectúen,
a realizar por la comunidad autónoma, base de este convenio, serán las asignadas en
el Plan Estadístico Nacional 2025-2028 (PEN) al Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación, y en las que figure la comunidad autónoma como organismo colaborador,
aprobado mediante el Real Decreto 1225/2024, de 3 de diciembre, siendo de aplicación
el Real Decreto 72/2025, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Programa anual 2025
del Plan Estadístico Nacional 2025-2028, así como aquellas operaciones necesarias
para la elaboración de las Cuentas Económicas Regionales de la Agricultura de acuerdo
con la Metodología publicada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

cve: BOE-A-2025-12160
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.