Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-12161)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Escuderos II, de 14,4 MW de potencia, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico FV Escuderos II, de 48,29 MW de potencia instalada, ubicado en la provincia de Cuenca».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 144

Lunes 16 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 78918

8.

Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos

El estudio de impacto ambiental identificado el parque eólico existente, Carrascosa,
con 20 aerogeneradores y situado a 19,3 km del parque evaluado. Además, localizado el
parque eólico, Cuevas de Velasco, con 40 aerogeneradores, a 6 km, que cuenta con
declaración de impacto ambiental. Por último, existen 16 parques eólicos en tramitación,
que suman un total de 143 aerogeneradores, situados a menos de 25 km: Guardos,

cve: BOE-A-2025-12161
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periodo diurno y de los 45 dB(A) en periodo nocturno. Por tanto, dichos valores se
encuentran por debajo de los límites legales establecidos por el Real Decreto 1367/2007,
por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
El estudio de impacto ambiental indica que las instalaciones del parque cumplen la
recomendación europea y la legislación española respecto a la exposición a campos
electromagnéticos, de forma que el público no estará expuesto a dichos campos por
encima de los valores recomendados en sitios donde pueda permanecer mucho tiempo.
Atendiendo a los resultados del estudio de sombreado intermitente, la puesta en
funcionamiento de los Parques Eólicos Escuderos II, III y V Híbridos no provoca
sombreado intermitente en niveles que superen los umbrales significativos sobre ninguna
edificación que pueda ser considerada como receptor sensible, ni de forma individual ni
considerados de forma conjunta.
El emplazamiento del proyecto se localiza en tres tipos de paisajes, según el Atlas de
los Paisajes de España y el Atlas de Paisaje de Castilla-La Mancha. El parque eólico
Escuderos II y comienzo de la línea se encuentra en la unidad Páramos alcarreños del
norte de Cuenca. La mitad septentrional de la línea de evacuación cruza la unidad
Depresión del suroeste de Cuenca y la mitad meridional cruza la unidad Campiñas de
Uclés-Montalbo. El parque eólico se ubica sobre unos pequeños cerros situados entre
los valles del río Gigüela, al sur, y de su afluente el Valdepineda, al norte y el oeste. La
línea atraviesa inicialmente el valle del Gigüela y, más adelante, sale a la campiña
circundante, de relieve algo más ondulado. La fragilidad visual intrínseca del paisaje se
valora como media. La accesibilidad visual puede considerarse asimismo media, dado
que el parque no va a ser visible desde parte de los puntos potenciales de observación
más frecuentados o lo va a ser de forma muy fragmentaria o desde zonas muy
periféricas de los mismos. La fragilidad visual final se obtiene de la integración de la
accesibilidad visual con la fragilidad intrínseca y se califica como media.
De acuerdo con el Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Castilla-La
Mancha, el proyecto no se encuentra en zonas con elevado riesgo de incendio. La zona
de estudio consta en el mapa regional de peligro por incendio forestal como zona de
peligrosidad media y de vulnerabilidad baja, de forma que el riesgo final de incendios es
bajo-medio.
En cuanto a la afección a las infraestructuras de la zona, se producirá un incremento
de tráfico en las carreteras durante las obras debido al transporte de los materiales y
equipos necesarios para su construcción, con los consiguientes perjuicios para la
población de los núcleos cercanos.
El trazado de la línea cruza la concesión minera denominada Torrejoncillo a lo largo
de 4.400 m. Se trata de un permiso de investigación de yesos, actualmente en trámite/
autorización.
Desde el punto de vista económico, se prevé un impacto positivo, debido a la
creación de puestos de trabajo directos e indirectos, que se derivan del volumen de
suministros contratados. Además, algunos establecimientos de hostelería pueden
incrementar su actividad para atender al personal desplazado a la zona. A ello hay que
sumar el beneficio económico durante el periodo de vida útil del parque eólico para los
propietarios de los terrenos y para los ayuntamientos afectados, en forma de tasas, que
implican una mejora en los servicios de la población.