Consejo General Del Poder Judicial. III. Otras disposiciones. Audiencia Nacional. (BOE-A-2025-12267)
Acuerdo de 20 de mayo de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, en relación con el funcionamiento de las Secciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, su composición y las normas de asignación de ponencias que deben turnar sus magistrados/as para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Martes 17 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 80516

– La designación de ponente se mantendrá invariable, salvo causa justificada, hasta
la conclusión del asunto y de sus incidencias.
– El Presidente de la Sala podrá turnar ponencias en los procesos de que conozcan
las secciones cuando presida alguna de ellas.
Regla segunda.
– Reparto por materias entre las diversas secciones:
Sección primera
1. Los recursos dirigidos contra los actos expresos o presuntos, disposiciones de
carácter general, inactividad o vías de hecho, procedentes de:
a. Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, en las áreas
correspondientes a Presidencia y Relaciones con las Cortes.
b. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
c. Ministerio de Política territorial y Memoria Democrática en materia de Memoria
Democrática.
d. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en materia de
medio ambiente y política del agua.
e. Ministerio de Economía, Comercio y Empresa en materia de comunicación
audiovisual.
f. Agencia de Protección de Datos.
g. Secciones 1.ª y 2.ª de la Comisión de Propiedad Intelectual (Disp. Adicional 4.ª
de la Ley 29/1998).
h. Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia en ejercicio de sus
funciones de supervisión y control de los mercados de comunicación audiovisual (art. 9
de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y
la Competencia).
2. Recursos de apelación contra las Sentencias y Autos de los Juzgados Centrales
de lo Contencioso de la Audiencia Nacional resolviendo las autorizaciones judiciales
solicitadas al amparo del artículo 122.bis 1 y 2 de la Ley 29/1998, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-administrativa.
– Los recursos dirigidos contra los actos expresos o presuntos, disposiciones de
carácter general, inactividad o vías de hecho, procedentes del Ministerio de Presidencia,
Justicia y Relaciones con la Cortes: recursos contra resoluciones en materia
nacionalidad por residencia, en la forma prevista en la Regla Segunda, apartado 2.7.
– Los recursos entablados contra los actos expresos o presuntos, disposiciones
generales, inactividad o vías de hecho, del Ministerio del Interior en materia de
protección internacional derivada del derecho de asilo y protección subsidiaria y el
estatuto de apátrida, salvo las de inadmisión a trámite de solicitudes, en la forma prevista
en la Regla Segunda, apartado 2.6.

– Los recursos dirigidos contra los actos expresos o presuntos procedentes del
Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) y actos expresos o presuntos,
disposiciones generales, inactividad o vías de hecho de otros órganos del Ministerio de
Hacienda (salvo los dictados en materia de recaudación, en ambos casos) relativos a:





Impuesto sobre Sociedades.
Impuesto sobre el Patrimonio.
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Impuesto sobre Rentas de No Residentes.

cve: BOE-A-2025-12267
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Sección segunda