Consejo General Del Poder Judicial. III. Otras disposiciones. Tribunales Superiores de Justicia. (BOE-A-2025-12272)
Acuerdo de 20 de mayo de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se publica el Acuerdo de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, sobre reparto competencial de asuntos y materias entre las distintas Secciones y el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, y la distribución y asignación de Ponencias a cada Magistrado/a de la Sala.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80533
Pleno de la Sala.
– Recursos electorales.
– Asuntos en los que la sección competente estime procedente apartarse del criterio
ya fijado con anterioridad por el Pleno de la Sala o por una Sección, aquellos otros en
que por existir importantes discrepancias en la Sección competente y tratarse de
materias de especial trascendencia, la propia Sección lo solicite y, en general, cuando
resulte necesario para alcanzar la unificación de criterios de interpretación y aplicación
de normas o jurisprudencia con arreglo al artículo 197 de la LOPJ.
– Será obligación del ponente, y del resto de miembros de la sección, informar al
Presidente de la Sala de forma inmediata y, en todo caso, antes de resolver, sobre
aquellos casos en que se pretenda resolver cambiando un criterio ya establecido
previamente respecto de cualquier aspecto formal o material, a fin de que se pueda
convocar un Pleno.
Competencia compartida.
Conocerán las tres secciones de los recursos ordinarios o de apelación que se
refieran a materias repetitivas y que sean declaradas como tales por Acuerdo de la
Presidencia de la Sala.
Entre tales materias repetitivas, sin perjuicio de otras que se declaren en el futuro, se
encuentran las ya declaradas repetitivas apelaciones en materia de extranjería contra
Autos de las Secciones de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia (antes
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo) que declaran la inadmisibilidad por falta de
acreditación de la representación de la parte recurrente, así como las apelaciones en
materia de extranjería que, sobre esa misma materia, resuelven mediante Sentencia,
sobre la devolución de quienes pretendían entrar ilegalmente a España, asunto este
último abordado igualmente en el Pleno.
Se acuerda que tales asuntos se repartan equitativamente entre las secciones, en
régimen de autorrefuerzo voluntario, permitiendo que, aquellos Magistrados que
voluntariamente quieran hacerlo, previa petición, puedan elevar el número de ponencias
de estos asuntos hasta las 200 mensuales. Para el reparto de estos asuntos será
requisito previo haber resuelto los asuntos que correspondan del turno ordinario.
Composición de las secciones.
Las secciones se componen de los siguientes Magistrados, a los que se asignarán
las ponencias conforme a la última cifra del número de registro del procedimiento
correspondiente según las siguientes reglas:
Sección primera.
Don Antonio Videras Noguera, presidente de la Sección 6, 7 y 8.
Don Jesús Rivera Fernández 1, 3 y 5.
Don Antonio de la Oliva Vázquez 2, 4 y 9.
Sección segunda.
Don Luis Ángel Gollonet Teruel, presidente de la Sala 4 y 5.
Don Constantino Merino González 2 y 7.
Don Miguel Pardo Castillo, especialista 1 y 6.
Doña María Isabel Moreno Verdejo 3 y 8.
cve: BOE-A-2025-12272
Verificable en https://www.boe.es
Los asuntos terminados en 0 se repartirán en función del número que les preceda, y,
en caso de no existir, o de no resolver el reparto, se asignarán por orden correlativo.
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80533
Pleno de la Sala.
– Recursos electorales.
– Asuntos en los que la sección competente estime procedente apartarse del criterio
ya fijado con anterioridad por el Pleno de la Sala o por una Sección, aquellos otros en
que por existir importantes discrepancias en la Sección competente y tratarse de
materias de especial trascendencia, la propia Sección lo solicite y, en general, cuando
resulte necesario para alcanzar la unificación de criterios de interpretación y aplicación
de normas o jurisprudencia con arreglo al artículo 197 de la LOPJ.
– Será obligación del ponente, y del resto de miembros de la sección, informar al
Presidente de la Sala de forma inmediata y, en todo caso, antes de resolver, sobre
aquellos casos en que se pretenda resolver cambiando un criterio ya establecido
previamente respecto de cualquier aspecto formal o material, a fin de que se pueda
convocar un Pleno.
Competencia compartida.
Conocerán las tres secciones de los recursos ordinarios o de apelación que se
refieran a materias repetitivas y que sean declaradas como tales por Acuerdo de la
Presidencia de la Sala.
Entre tales materias repetitivas, sin perjuicio de otras que se declaren en el futuro, se
encuentran las ya declaradas repetitivas apelaciones en materia de extranjería contra
Autos de las Secciones de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia (antes
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo) que declaran la inadmisibilidad por falta de
acreditación de la representación de la parte recurrente, así como las apelaciones en
materia de extranjería que, sobre esa misma materia, resuelven mediante Sentencia,
sobre la devolución de quienes pretendían entrar ilegalmente a España, asunto este
último abordado igualmente en el Pleno.
Se acuerda que tales asuntos se repartan equitativamente entre las secciones, en
régimen de autorrefuerzo voluntario, permitiendo que, aquellos Magistrados que
voluntariamente quieran hacerlo, previa petición, puedan elevar el número de ponencias
de estos asuntos hasta las 200 mensuales. Para el reparto de estos asuntos será
requisito previo haber resuelto los asuntos que correspondan del turno ordinario.
Composición de las secciones.
Las secciones se componen de los siguientes Magistrados, a los que se asignarán
las ponencias conforme a la última cifra del número de registro del procedimiento
correspondiente según las siguientes reglas:
Sección primera.
Don Antonio Videras Noguera, presidente de la Sección 6, 7 y 8.
Don Jesús Rivera Fernández 1, 3 y 5.
Don Antonio de la Oliva Vázquez 2, 4 y 9.
Sección segunda.
Don Luis Ángel Gollonet Teruel, presidente de la Sala 4 y 5.
Don Constantino Merino González 2 y 7.
Don Miguel Pardo Castillo, especialista 1 y 6.
Doña María Isabel Moreno Verdejo 3 y 8.
cve: BOE-A-2025-12272
Verificable en https://www.boe.es
Los asuntos terminados en 0 se repartirán en función del número que les preceda, y,
en caso de no existir, o de no resolver el reparto, se asignarán por orden correlativo.