Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-12298)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad, sobre delegación de competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 80763

El artículo 23.2 del Estatuto de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta Velocidad,
establece las facultades competencia del Presidente de la Entidad; previéndose,
asimismo, en el apartado tercero del citado artículo, la posibilidad de delegación por éste
de determinadas competencias en el personal Directivo o en los restantes órganos
internos de la Entidad.
Al amparo de la citada disposición, se han venido adoptando por el titular de la
Presidencia de la entidad pública empresarial ADIF-Alta Velocidad, sucesivas
Resoluciones de delegación de competencias en determinados órganos internos de
ADIF-Alta Velocidad, en coherencia con las estructuras organizativas vigentes en cada
momento en la Entidad.
El Consejo de Administración de ADIF-Alta Velocidad, en su sesión de 30 de enero
de 2017, determinó la actual estructura básica de la Entidad, habiéndose procedido
desde entonces por la Presidencia de ADIF-Alta Velocidad, a la aprobación de sucesivos
desarrollos organizativos de la misma.
Por otro lado, mediante acuerdo del Consejo de Administración de la Entidad Pública
Empresarial ADIF-Alta Velocidad, de fecha 29 de junio de 2021, publicado en el “Boletín
Oficial del Estado” número 235, marginal 16006, de fecha 1 de octubre de 2021, se
aprobó la Resolución de la Presidenta de la Entidad Pública Empresarial ADIF-Alta
Velocidad, de 29 de junio de 2021, por la que se delegan determinadas competencias en
órganos internos de la Entidad.
Atendiendo al tiempo transcurrido desde el otorgamiento de las hasta ahora vigentes
delegaciones de competencias, y de que, desde el año 2021, se han venido produciendo
desarrollos organizativos posteriores, surge la necesidad de modificar y actualizar las
delegaciones de competencias del Presidente en órganos internos de la Entidad,
ajustándolas al desarrollo organizativo actual.
Por otra parte, el primer párrafo del número 1 del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispone que los órganos de las
diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias
que tengan atribuidas en otros órganos de la misma administración, señalándose
asimismo en el apartado 3 de dicho artículo, que las delegaciones de competencias y su
revocación deberán publicarse en el “Boletín Oficial del Estado”.
Finalmente, y de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del número 1
del artículo 9 de la citada ley, las delegaciones de competencias entre órganos deberán
ser previamente aprobadas, en los Organismos públicos, por el órgano máximo de
dirección, de acuerdo con lo establecido en sus normas de creación.
En base a lo anteriormente expuesto, el Presidente de la entidad pública empresarial
ADIF-Alta Velocidad, en uso de las facultades que le confiere el número 3 del artículo 23
del Estatuto de la Entidad, aprobado mediante Real Decreto 1044/2013, de 27 de
diciembre, en relación con lo previsto en el artículo 9.1 de la Ley de Régimen Jurídico del
Sector Público, viene a adoptar la siguiente resolución:
Delegar, en los órganos internos de la Entidad que se relacionan, en el ámbito de sus
respectivas funciones y con la extensión y alcance que se indican, las siguientes
competencias:
1.ª Competencias para representar a la entidad pública empresarial ADIF-Alta
Velocidad, en juicio y fuera de él, frente a toda persona física o jurídica, ya sea pública o
privada, así como ejecutar los Acuerdos del Consejo de Administración:
1.1 Se delega la competencia para representar, incluso por medios electrónicos, a
la entidad pública empresarial ADIF-Alta Velocidad, en juicio y fuera de él, frente a toda
persona física o jurídica, ya sea pública o privada, así como ejecutar los Acuerdos del
Consejo de Administración, en el titular de la Secretaría del Consejo de Administración y
en el titular de la Dirección General de la Entidad.
1.2 Se delega la competencia para representar, incluso por medios electrónicos, a
la entidad pública empresarial ADIF-Alta Velocidad, en juicio y fuera de él, frente a toda

cve: BOE-A-2025-12298
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Núm. 145