Comunidad Autónoma de Cataluña. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-12215)
Resolución de 5 de junio de 2025, del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre personal funcionario de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de justicia, convocado por Resolución de 16 de enero de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145

Martes 17 de junio de 2025

Sec. II.A. Pág. 79911

posterioridad al 1 de julio de 2025, se entenderán referidos a los nuevos órganos
constituidos e implantados en base a la Ley Orgánica 1/2025 mencionada.
2.º Posesiones: en los casos en que las posesiones que se produzcan con
anterioridad al 1 de julio de 2025, la mención a juzgados y tribunales se entenderá
referida a los órganos judiciales anteriores a la implantación de los tribunales de
instancia.
En el supuesto de las posesiones que se produzcan con posterioridad al 1 de julio
de 2025, la mención a juzgados y tribunales se entenderá referida a los órganos nuevos
constituidos e implantados en base a dicha Ley Orgánica 1/2025.
10.

Información sobre los recursos a interponer.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas
pueden interponer potestativamente un recurso de reposición, ante el mismo órgano
administrativo que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente
al de su publicación, de acuerdo con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; o bien pueden interponer un recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de su
publicación, ante un juzgado de lo contencioso-administrativo de Barcelona, o ante el
juzgado en cuya circunscripción tenga el domicilio la persona recurrente, a su elección,
de conformidad con lo que disponen los artículos 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o cualquier otro
recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

cve: BOE-A-2025-12215
Verificable en https://www.boe.es

Barcelona, 5 de junio de 2025.–El Consejero de Justicia y Calidad Democrática, P. D.
(Resolución JUS/1041/2021, de 30 de marzo), la Secretaria para la Administración de
Justicia, Iolanda M. Aguilar i Juncosa.