Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-12301)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto «Restauración y ordenación de la playa Eucaliptus, término municipal de Amposta (Tarragona)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 80794

Para evitar el exceso de polvo a la atmósfera el promotor prevé regar en caso necesario
los puntos susceptibles de levantamiento de polvo y, evitar los movimientos de tierra y
arena durante los días de fuertes vientos. En todo caso, el proyecto ha sido diseñado
para minimizar los costes ambientales del transporte y movimiento de maquinaria, ya
que todos los movimientos de tierras se realizan exclusivamente en el propio ámbito de
proyecto y no son necesarios préstamos ni vertederos externos.
La única fuente de contaminación acústica se localiza en fase de obras y, de manera
muy limitada y poco importante, en la demolición de edificios existentes dentro del
DPMT, en el tiempo que determine el plan de obras. Para minimizar las molestias
derivadas del ruido durante las obras, el promotor propone, entre otras, medidas como
limitar la velocidad de los vehículos de obra a 30 km/h, y realizar las actuaciones y el
tránsito de la maquinaria dentro del horario diurno permitido.
En relación con los efectos del cambio climático, el proyecto constructivo incluye un
estudio que concluye que, si se utilizan las previsiones del Panel Intergubernamental
contra el cambio climático (IPCC) para el escenario de 2100, se obtiene un rango de
subidas del nivel medio del mar de entre 35 y 125 centímetros.
El promotor indica que, en todos los estudios referentes a la afección del cambio
climático en el Delta del Ebro, se han tenido en cuenta el estado de conocimiento actual
y los escenarios previstos en el cuarto informe del IPCC de subida del nivel del mar para
el 2050 (bajo: 0,1 m, medio: 0,15 m y alto: 0,2 m) y la subsidencia deltaica. Para los
escenarios de 2100 con la altura del nivel del mar, la práctica totalidad del territorio
deltaico cercano al área de estudio se encontraría inundada, excepto la propia playa y la
urbanización Eucaliptus.
En el marco de la extrema vulnerabilidad de los sistemas físicos, naturales y
humanos del Delta del Ebro, en el ámbito de la playa de Eucaliptus, se produce un
balance de transporte sedimentario positivo, incluso en los escenarios más negativos de
cambio climático considerados, por lo que este sector costero está en acreción y
continuará aumentando la anchura de la playa, a pesar del aumento del nivel del mar y
los fenómenos asociados a temporales y oleaje, que en el área del Delta del Ebro
presentan aumentos ligeros.
Además, la naturalización de los sistemas de playa, especialmente la retroplaya, con
la eliminación de infraestructuras artificiales, zonas de tránsito de vehículos y el aumento
de la superficie de vegetación natural halófila y psamófila, especialmente en las áreas
más cercanas a la urbanización Eucaliptus, convierten el proyecto en un claro ejemplo
de una intervención cuyos resultados son una mayor adaptabilidad y resiliencia a los
efectos del cambio climático de una zona litoral urbanizada como es la playa de
Eucaliptus y en una zona natural como es la laguna de la Platjola.
La Oficina de Cambio Climático del MITECO recomienda calcular la huella de
carbono asociada al proyecto, teniendo en cuenta todas sus fases y proponer
alternativas para su compensación. Recuerda que la finalidad última de este cálculo es
proponer alternativas para reducir y compensar la huella de carbono por lo que los
resultados se deben traducir, dentro de lo posible, en medidas destinadas a esta
finalidad. Recuerda la importancia de que las actuaciones previstas de restauración y
ordenación de la playa sean resilientes al clima, y tengan en cuenta los posibles efectos
significativos del cambio climático. El informe señala que el documento ambiental no
presenta ningún apartado directamente relacionado con el cambio climático y no se
incluye una consideración de los posibles efectos que el cambio climático en la zona
donde se va a desarrollar el proyecto, para valorar la resiliencia de las actuaciones a
llevar a cabo.
El promotor señala que, durante el seguimiento y vigilancia ambiental de la ejecución
de las obras, se llevará a cabo el cálculo de la huella de carbono asociada al proyecto
por la empresa encargada de realizar los trabajos en base a la «Guía para el cálculo de
la huella de carbono y para la elaboración de un plan de mejora de una organización».
Señala que el análisis de las variables relacionadas con el cambio climático se incluye en
el anexo «Cambio Climático» del proyecto constructivo y que para evaluar los diferentes

cve: BOE-A-2025-12301
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Núm. 145