Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-12305)
Resolución de 9 de junio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos y el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, para colaborar en la realización del «XI Foro de Ingeniería y Obra Pública».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80830
funcionamiento de servicios e infraestructuras para el conjunto de la programación de
verano en Santander que se repercuten a este Foro (difusión, traducción, programa,
cuadernos, carpetas y otros materiales y gastos de infraestructura de mantenimiento y
limpieza de locales, vigilancia y personal). Por tanto, no es preciso aprobar un gasto
específico adicional por estos conceptos vinculado a este convenio.
ii. Teniendo en cuenta el presupuesto aprobado y la aportación que realiza el
Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos a la UIMP, no será necesaria
ninguna aportación por parte de la UIMP para el Foro.
iii. La UIMP se compromete a presentar a la Fundación Caminos y al Colegio de
Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos una vez finalizado el Foro y antes del 10 de
noviembre de 2025, la liquidación final del presupuesto de los gastos que gestiona,
revisando las unidades realmente ejecutadas de cada partida de acuerdo con los
importes unitarios aprobados para cada una de ellas en el presupuesto que se incluye
como anexo II.
Cuarta. Visibilidad de la colaboración. Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. En todos los medios y soportes que se utilicen para la promoción y difusión del
Foro se destacará la colaboración de la Fundación Caminos y el Colegio de Ingenieros
de Caminos, Canales y Puertos con la UIMP, respetando en todo caso los logotipos y las
directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el Foro en ejecución de este convenio, así como de
los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso de los
profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores podrán
transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los derechos
patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución, comunicación
pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se formaliza por
escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el tiempo y el
ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de la
legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. En el caso de que en el futuro alguna de las partes tuviese interés en realizar
publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del Foro
deberá previamente comunicarlo por escrito a las contrapartes, sin perjuicio de los
demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la
obra, etc.).
En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del Foro,
fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes firmantes en
su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una dellas estos aspectos.
La edición se llevará a cabo sin coste alguno para las otras partes, salvo que se acuerde
otra cosa mediante el correspondiente convenio. La parte editora enviará a las otras un
mínimo de 3 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
I. Las partes no consideran necesario crear una comisión específica como órgano
colegiado que se encargue del seguimiento del desarrollo del convenio, si bien los
equipos técnicos y responsables de ambas entidades estarán en estrecho contacto de
forma coordinada, comunicándose o reuniéndose siempre que lo consideren conveniente
para la buena marcha del convenio y siempre que alguna de las partes lo solicite.
Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través del
Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Programación de Actividades (o, en caso
de cambio de organigrama, la persona titular del Vicerrectorado que tenga la
competencia sobre la programación de Foros avanzados), y serán el personal técnico del
mismo, y como responsable último su titular, los encargados de velar por la consecución
cve: BOE-A-2025-12305
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 80830
funcionamiento de servicios e infraestructuras para el conjunto de la programación de
verano en Santander que se repercuten a este Foro (difusión, traducción, programa,
cuadernos, carpetas y otros materiales y gastos de infraestructura de mantenimiento y
limpieza de locales, vigilancia y personal). Por tanto, no es preciso aprobar un gasto
específico adicional por estos conceptos vinculado a este convenio.
ii. Teniendo en cuenta el presupuesto aprobado y la aportación que realiza el
Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos a la UIMP, no será necesaria
ninguna aportación por parte de la UIMP para el Foro.
iii. La UIMP se compromete a presentar a la Fundación Caminos y al Colegio de
Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos una vez finalizado el Foro y antes del 10 de
noviembre de 2025, la liquidación final del presupuesto de los gastos que gestiona,
revisando las unidades realmente ejecutadas de cada partida de acuerdo con los
importes unitarios aprobados para cada una de ellas en el presupuesto que se incluye
como anexo II.
Cuarta. Visibilidad de la colaboración. Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. En todos los medios y soportes que se utilicen para la promoción y difusión del
Foro se destacará la colaboración de la Fundación Caminos y el Colegio de Ingenieros
de Caminos, Canales y Puertos con la UIMP, respetando en todo caso los logotipos y las
directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el Foro en ejecución de este convenio, así como de
los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso de los
profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores podrán
transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los derechos
patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución, comunicación
pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se formaliza por
escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el tiempo y el
ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de la
legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. En el caso de que en el futuro alguna de las partes tuviese interés en realizar
publicaciones o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del Foro
deberá previamente comunicarlo por escrito a las contrapartes, sin perjuicio de los
demás permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la
obra, etc.).
En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del Foro,
fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes firmantes en
su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una dellas estos aspectos.
La edición se llevará a cabo sin coste alguno para las otras partes, salvo que se acuerde
otra cosa mediante el correspondiente convenio. La parte editora enviará a las otras un
mínimo de 3 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
I. Las partes no consideran necesario crear una comisión específica como órgano
colegiado que se encargue del seguimiento del desarrollo del convenio, si bien los
equipos técnicos y responsables de ambas entidades estarán en estrecho contacto de
forma coordinada, comunicándose o reuniéndose siempre que lo consideren conveniente
para la buena marcha del convenio y siempre que alguna de las partes lo solicite.
Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través del
Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Programación de Actividades (o, en caso
de cambio de organigrama, la persona titular del Vicerrectorado que tenga la
competencia sobre la programación de Foros avanzados), y serán el personal técnico del
mismo, y como responsable último su titular, los encargados de velar por la consecución
cve: BOE-A-2025-12305
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.