Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-12392)
Orden CLT/641/2025, de 17 de junio, por la que se modifican la Orden ECD/2784/2015, de 18 de diciembre, por la que se regula el reconocimiento del coste de una película y la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas estatales para la producción de largometrajes y cortometrajes y regula la estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146
Miércoles 18 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 81138
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
Orden CLT/641/2025, de 17 de junio, por la que se modifican la Orden
ECD/2784/2015, de 18 de diciembre, por la que se regula el reconocimiento
del coste de una película y la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, por la
que se establecen las bases reguladoras de las ayudas estatales para la
producción de largometrajes y cortometrajes y regula la estructura del
Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
A través de esta orden se realiza una modificación puntual relativa al reconocimiento
del coste de una película y, asimismo, se llevan a cabo algunas modificaciones en el
régimen de ayudas a la producción cinematográfica cuya regulación específica la
constituye, por un lado, la Orden ECD/2784/2015, de 18 de diciembre, por la que se
regula el reconocimiento del coste de una película, y, por otro, la Orden CUD/582/2020,
de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas estatales
para la producción de largometrajes y cortometrajes y regula la estructura del Registro
Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
La modificación de la Orden ECD/2784/2015, de 18 de diciembre, consiste en un
ajuste puntual de terminología en el artículo 2.3.c), para evitar dudas interpretativas y
mejorar así la seguridad jurídica de la norma.
Por su parte, respecto a la modificación de la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio
hay que comenzar indicando que las ayudas a la producción están incluidas en el Plan
Estratégico de Subvenciones del Ministerio de Cultura para el periodo 2024-2026,
aprobado mediante Orden Ministerial de 3 de junio de 2024, en cumplimiento de lo
establecido por el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y se integran dentro de la Línea estratégica 1 «Fortalecer los derechos
culturales, la diversidad y el reconocimiento de la cultura como bien público mundial» y
del Objetivo 1 «Garantizar el derecho a la creación en todas sus manifestaciones».
Las líneas de ayudas para la producción de largometrajes tienen como objetivos
específicos la mejora del tejido industrial de las empresas cinematográficas que operan
en el sector, posibilitando su fortalecimiento y facilitando el desarrollo de su actividad en
un mercado abierto y competitivo. Las ayudas generales están abiertas a la participación
de todo tipo de proyectos, mientras que las selectivas lo están a proyectos que posean
un especial valor cinematográfico, cultural o social; sean de carácter documental o
experimental; o incorporen la realización novel. Y en ambos casos, están enfocadas
especialmente a posibilitar e incrementar la producción de obras audiovisuales que
empleen tecnologías innovadoras, como es el caso de las películas de animación, y
salvar la brecha de género impulsando la incorporación de mujeres al sector.
De acuerdo con lo anterior, la modificación de la Orden CUD/582/2020, de 26 de
junio, es necesaria, por un lado, para implementar medidas dirigidas al fomento de la
igualdad real y efectiva de las personas trans, a través de su participación en proyectos
cinematográficos.
En este sentido, la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de
las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, insta a los
poderes públicos a, en el ámbito de sus competencias, desarrollar todas las medidas
necesarias para promover la igualdad de trato y no discriminación por razón de identidad
sexual. En este sentido, se incluye la previsión de que, en todas las líneas de ayudas a
la producción, se otorgue puntuación por la participación en el proyecto de personas
trans, según los puestos que se especifiquen en las convocatorias. En aquellos casos en
que un puesto esté ocupado por varias personas, únicamente se otorgará la puntuación
correspondiente si todas ellas son personas trans, o si son personas trans y mujeres. Se
cve: BOE-A-2025-12392
Verificable en https://www.boe.es
12392
Núm. 146
Miércoles 18 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 81138
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
Orden CLT/641/2025, de 17 de junio, por la que se modifican la Orden
ECD/2784/2015, de 18 de diciembre, por la que se regula el reconocimiento
del coste de una película y la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio, por la
que se establecen las bases reguladoras de las ayudas estatales para la
producción de largometrajes y cortometrajes y regula la estructura del
Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
A través de esta orden se realiza una modificación puntual relativa al reconocimiento
del coste de una película y, asimismo, se llevan a cabo algunas modificaciones en el
régimen de ayudas a la producción cinematográfica cuya regulación específica la
constituye, por un lado, la Orden ECD/2784/2015, de 18 de diciembre, por la que se
regula el reconocimiento del coste de una película, y, por otro, la Orden CUD/582/2020,
de 26 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas estatales
para la producción de largometrajes y cortometrajes y regula la estructura del Registro
Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
La modificación de la Orden ECD/2784/2015, de 18 de diciembre, consiste en un
ajuste puntual de terminología en el artículo 2.3.c), para evitar dudas interpretativas y
mejorar así la seguridad jurídica de la norma.
Por su parte, respecto a la modificación de la Orden CUD/582/2020, de 26 de junio
hay que comenzar indicando que las ayudas a la producción están incluidas en el Plan
Estratégico de Subvenciones del Ministerio de Cultura para el periodo 2024-2026,
aprobado mediante Orden Ministerial de 3 de junio de 2024, en cumplimiento de lo
establecido por el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y se integran dentro de la Línea estratégica 1 «Fortalecer los derechos
culturales, la diversidad y el reconocimiento de la cultura como bien público mundial» y
del Objetivo 1 «Garantizar el derecho a la creación en todas sus manifestaciones».
Las líneas de ayudas para la producción de largometrajes tienen como objetivos
específicos la mejora del tejido industrial de las empresas cinematográficas que operan
en el sector, posibilitando su fortalecimiento y facilitando el desarrollo de su actividad en
un mercado abierto y competitivo. Las ayudas generales están abiertas a la participación
de todo tipo de proyectos, mientras que las selectivas lo están a proyectos que posean
un especial valor cinematográfico, cultural o social; sean de carácter documental o
experimental; o incorporen la realización novel. Y en ambos casos, están enfocadas
especialmente a posibilitar e incrementar la producción de obras audiovisuales que
empleen tecnologías innovadoras, como es el caso de las películas de animación, y
salvar la brecha de género impulsando la incorporación de mujeres al sector.
De acuerdo con lo anterior, la modificación de la Orden CUD/582/2020, de 26 de
junio, es necesaria, por un lado, para implementar medidas dirigidas al fomento de la
igualdad real y efectiva de las personas trans, a través de su participación en proyectos
cinematográficos.
En este sentido, la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de
las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, insta a los
poderes públicos a, en el ámbito de sus competencias, desarrollar todas las medidas
necesarias para promover la igualdad de trato y no discriminación por razón de identidad
sexual. En este sentido, se incluye la previsión de que, en todas las líneas de ayudas a
la producción, se otorgue puntuación por la participación en el proyecto de personas
trans, según los puestos que se especifiquen en las convocatorias. En aquellos casos en
que un puesto esté ocupado por varias personas, únicamente se otorgará la puntuación
correspondiente si todas ellas son personas trans, o si son personas trans y mujeres. Se
cve: BOE-A-2025-12392
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