Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. I. Disposiciones generales. Enseñanzas universitarias. (BOE-A-2025-12311)
Real Decreto 482/2025, de 17 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146
Miércoles 18 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 80864
del acceso y la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado a la
normativa preexistente. Con respecto al principio de eficiencia, esta norma no impone
cargas administrativas innecesarias o accesorias a la ciudadanía y racionaliza, en su
aplicación, la gestión de los recursos públicos, al permitir la continuidad de los
procedimientos de acceso y admisión que se han venido aplicando para este alumnado,
en tanto no se publique el real decreto previsto en la disposición adicional cuarta del
Real Decreto 534/2024, de 11 de junio. Cumple también con el principio de
transparencia, ya que identifica claramente su propósito y, durante el procedimiento de
elaboración de la norma, se ha permitido la participación activa de los potenciales
destinatarios y destinatarias a través del trámite de audiencia e información pública.
Además, como prevé el artículo 129.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se ha
posibilitado el acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor y a los
documentos propios de su proceso de elaboración.
En el proceso de elaboración de este real decreto se ha informado a la Conferencia
Sectorial de Educación, a la Conferencia General de Política Universitaria, al Consejo de
Universidades y al Consejo de Estudiantes Universitario del Estado. Asimismo, ha
informado la norma el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y ha
emitido dictamen el Consejo Escolar del Estado.
El presente real decreto se dicta al amparo de las competencias que atribuye al
Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, para la regulación de las
normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el
cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes y de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, de acuerdo con el
Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 17 de junio de 2025,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se
regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado,
las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los
procedimientos de admisión.
El Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de
acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de
la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión, queda
modificado como sigue:
La disposición transitoria única queda redactada en los siguientes términos:
«Disposición transitoria única.
Transitoriedad normativa.
1. En las pruebas de acceso a la universidad para el curso 2023-2024,
seguirá siendo de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 310/2016, de 29 de
julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria
Obligatoria y de Bachillerato.
En los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de
Grado para el curso 2024-2025 seguirá siendo de aplicación lo dispuesto en el
Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica
de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de
Grado.
2. Asimismo, para el alumnado al que se refiere la disposición adicional
trigésima sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, seguirá siendo de
aplicación lo dispuesto con relación a este alumnado en los artículos 3, 4, 9 y 10
cve: BOE-A-2025-12311
Verificable en https://www.boe.es
Uno.
Núm. 146
Miércoles 18 de junio de 2025
Sec. I. Pág. 80864
del acceso y la admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado a la
normativa preexistente. Con respecto al principio de eficiencia, esta norma no impone
cargas administrativas innecesarias o accesorias a la ciudadanía y racionaliza, en su
aplicación, la gestión de los recursos públicos, al permitir la continuidad de los
procedimientos de acceso y admisión que se han venido aplicando para este alumnado,
en tanto no se publique el real decreto previsto en la disposición adicional cuarta del
Real Decreto 534/2024, de 11 de junio. Cumple también con el principio de
transparencia, ya que identifica claramente su propósito y, durante el procedimiento de
elaboración de la norma, se ha permitido la participación activa de los potenciales
destinatarios y destinatarias a través del trámite de audiencia e información pública.
Además, como prevé el artículo 129.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se ha
posibilitado el acceso sencillo, universal y actualizado a la normativa en vigor y a los
documentos propios de su proceso de elaboración.
En el proceso de elaboración de este real decreto se ha informado a la Conferencia
Sectorial de Educación, a la Conferencia General de Política Universitaria, al Consejo de
Universidades y al Consejo de Estudiantes Universitario del Estado. Asimismo, ha
informado la norma el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y ha
emitido dictamen el Consejo Escolar del Estado.
El presente real decreto se dicta al amparo de las competencias que atribuye al
Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, para la regulación de las
normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el
cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Formación Profesional y
Deportes y de la Ministra de Ciencia, Innovación y Universidades, de acuerdo con el
Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 17 de junio de 2025,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación del Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se
regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado,
las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los
procedimientos de admisión.
El Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de
acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de
la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión, queda
modificado como sigue:
La disposición transitoria única queda redactada en los siguientes términos:
«Disposición transitoria única.
Transitoriedad normativa.
1. En las pruebas de acceso a la universidad para el curso 2023-2024,
seguirá siendo de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 310/2016, de 29 de
julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria
Obligatoria y de Bachillerato.
En los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de
Grado para el curso 2024-2025 seguirá siendo de aplicación lo dispuesto en el
Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica
de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de
Grado.
2. Asimismo, para el alumnado al que se refiere la disposición adicional
trigésima sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, seguirá siendo de
aplicación lo dispuesto con relación a este alumnado en los artículos 3, 4, 9 y 10
cve: BOE-A-2025-12311
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