Tribunal Constitucional. T.C. Sección del Tribunal Constitucional. Sentencias. (BOE-A-2025-12407)
Sala Segunda. Sentencia 109/2025, de 12 de mayo de 2025. Recurso de amparo 796-2022. Promovido por don Víctor Manuel de Oliveira Fernandes y doña Manuela Flores Verdejo respecto de las resoluciones dictadas por la Audiencia Provincial de Lleida en procedimiento de ejecución hipotecaria. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (resolución fundada en Derecho): resoluciones judiciales que, ignorando el principio de efectividad del Derecho de la Unión Europea, deniegan la imposición de costas en un proceso en el que se ha declarado el carácter abusivo de cláusulas contractuales (SSTC 91/2023 y 96/2023).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 146
Miércoles 18 de junio de 2025
Sec. TC. Pág. 81298
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
12407
Sala Segunda. Sentencia 109/2025, de 12 de mayo de 2025. Recurso de
amparo 796-2022. Promovido por don Víctor Manuel de Oliveira Fernandes y
doña Manuela Flores Verdejo respecto de las resoluciones dictadas por la
Audiencia Provincial de Lleida en procedimiento de ejecución hipotecaria.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (resolución fundada en
Derecho): resoluciones judiciales que, ignorando el principio de efectividad
del Derecho de la Unión Europea, deniegan la imposición de costas en un
proceso en el que se ha declarado el carácter abusivo de cláusulas
contractuales (SSTC 91/2023 y 96/2023).
ECLI:ES:TC:2025:109
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña
Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y las magistradas y magistrados doña María
Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, don
César Tolosa Tribiño y doña Laura Díez Bueso, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 796-2022, promovido por don Víctor Manuel de
Oliveira Fernandes y doña Manuela Flores Verdejo, representados por la procuradora
doña Macarena Olle Corbella y defendidos por el letrado don Dionisio Moreno Trigo,
contra: (i) el auto de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lleida
núm. 244/2021, de 21 de octubre, exclusivamente en lo relativo al pronunciamiento sobre
las costas del procedimiento, y (ii) la providencia de la misma Sección de 16 de
diciembre de 2021, por la que se acuerda la inadmisión del incidente de nulidad de
actuaciones promovido por los demandantes de amparo frente a dicho pronunciamiento
del auto de 21 de octubre. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente la
magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas.
I.
Antecedentes
2. Los antecedentes de hecho relevantes para la resolución del recurso son los
siguientes:
a) La entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., interpuso demanda de
ejecución hipotecaria contra don Víctor Manuel de Oliveira Fernandes y doña Manuela
Flores Verdejo, que dio lugar a los autos de ejecución de títulos no judiciales
núm. 959-2012, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Lleida. Con
fecha 4 de enero de 2019, el Juzgado de Primera Instancia dictó auto en el que declaró
cve: BOE-A-2025-12407
Verificable en https://www.boe.es
1. Mediante escrito presentado en el registro de este tribunal el día 7 de febrero
de 2022, la procuradora doña Macarena Olle Corbella, actuando en representación de
don Víctor Manuel de Oliveira Fernandes y doña Manuela Flores Verdejo, formuló
demanda de amparo contra las resoluciones judiciales que se mencionan en el
encabezamiento de esta sentencia.
Núm. 146
Miércoles 18 de junio de 2025
Sec. TC. Pág. 81298
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
12407
Sala Segunda. Sentencia 109/2025, de 12 de mayo de 2025. Recurso de
amparo 796-2022. Promovido por don Víctor Manuel de Oliveira Fernandes y
doña Manuela Flores Verdejo respecto de las resoluciones dictadas por la
Audiencia Provincial de Lleida en procedimiento de ejecución hipotecaria.
Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (resolución fundada en
Derecho): resoluciones judiciales que, ignorando el principio de efectividad
del Derecho de la Unión Europea, deniegan la imposición de costas en un
proceso en el que se ha declarado el carácter abusivo de cláusulas
contractuales (SSTC 91/2023 y 96/2023).
ECLI:ES:TC:2025:109
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por la magistrada doña
Inmaculada Montalbán Huertas, presidenta, y las magistradas y magistrados doña María
Luisa Balaguer Callejón, don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique Arnaldo Alcubilla, don
César Tolosa Tribiño y doña Laura Díez Bueso, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 796-2022, promovido por don Víctor Manuel de
Oliveira Fernandes y doña Manuela Flores Verdejo, representados por la procuradora
doña Macarena Olle Corbella y defendidos por el letrado don Dionisio Moreno Trigo,
contra: (i) el auto de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lleida
núm. 244/2021, de 21 de octubre, exclusivamente en lo relativo al pronunciamiento sobre
las costas del procedimiento, y (ii) la providencia de la misma Sección de 16 de
diciembre de 2021, por la que se acuerda la inadmisión del incidente de nulidad de
actuaciones promovido por los demandantes de amparo frente a dicho pronunciamiento
del auto de 21 de octubre. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente la
magistrada doña Inmaculada Montalbán Huertas.
I.
Antecedentes
2. Los antecedentes de hecho relevantes para la resolución del recurso son los
siguientes:
a) La entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., interpuso demanda de
ejecución hipotecaria contra don Víctor Manuel de Oliveira Fernandes y doña Manuela
Flores Verdejo, que dio lugar a los autos de ejecución de títulos no judiciales
núm. 959-2012, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 4 de Lleida. Con
fecha 4 de enero de 2019, el Juzgado de Primera Instancia dictó auto en el que declaró
cve: BOE-A-2025-12407
Verificable en https://www.boe.es
1. Mediante escrito presentado en el registro de este tribunal el día 7 de febrero
de 2022, la procuradora doña Macarena Olle Corbella, actuando en representación de
don Víctor Manuel de Oliveira Fernandes y doña Manuela Flores Verdejo, formuló
demanda de amparo contra las resoluciones judiciales que se mencionan en el
encabezamiento de esta sentencia.