Servicio Extremeño De Salud. Avocación. Delegación De Competencias. (2025061763)
Resolución de 23 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia, por la que se avoca competencia en materia de contratación administrativa y se delega competencia en la misma materia.
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NÚMERO 83
23920
Viernes 2 de mayo de 2025
SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia, por la que
se avoca competencia en materia de contratación administrativa y se delega
competencia en la misma materia. (2025061763)
El artículo 4.i) del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos
del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, atribuye al titular de la Dirección Gerencia la competencia para ejercer como órgano de contratación del Organismo Autónomo en
los términos establecidos en la Ley de Salud de Extremadura y en la normativa general sobre
contratación administrativa.
Mediante Resolución de 4 de septiembre de 2023 (DOE n.º 174, de 11 de septiembre), de la
Dirección Gerencia, se delegan competencias en determinadas materias, incluyendo la delegación en las Gerencias de Área, en el ámbito territorial del ejercicio de sus funciones, de
las competencias en relación con los contratos de suministros y servicios valor estimado sea
inferior a 1.800.000,01 euros.
No obstante, razones de eficacia, celeridad y coordinación en el ejercicio de las competencias asignadas aconsejan avocar la competencia delegada en las personas titulares de las
Gerencias de Áreas del Servicio Extremeño de Salud en relación con los contratos basados
del Acuerdo Marco del Plan AMAT-I de alta tecnología sanitaria para el suministro, respetuoso
con el medio ambiente, de salas de radiología para varias Comunidades Autónomas, centros
del INGESA en Ceuta y Melilla y organismos de la Administración General del Estado, AM
2023/136, sin perjuicio del resto de las delegaciones en vigor en la materia. Razones de la
misma índole aconsejan delegar dicha competencia en la persona titular de la Dirección General de Planificación Económica del Servicio Extremeño de Salud.
En virtud de cuanto antecede, y de conformidad con las facultades que me confieren los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así
como los artículos 72 a 74 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Avocar la competencia en relación con los contratos basados del Acuerdo Marco del
Plan AMAT-I de alta tecnología sanitaria para el suministro, respetuoso con el medio ambiente, de salas de radiología para varias Comunidades Autónomas, centros del INGESA en Ceuta
y Melilla y organismos de la Administración General del Estado, AM 2023/136.
23920
Viernes 2 de mayo de 2025
SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 23 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia, por la que
se avoca competencia en materia de contratación administrativa y se delega
competencia en la misma materia. (2025061763)
El artículo 4.i) del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos
del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, atribuye al titular de la Dirección Gerencia la competencia para ejercer como órgano de contratación del Organismo Autónomo en
los términos establecidos en la Ley de Salud de Extremadura y en la normativa general sobre
contratación administrativa.
Mediante Resolución de 4 de septiembre de 2023 (DOE n.º 174, de 11 de septiembre), de la
Dirección Gerencia, se delegan competencias en determinadas materias, incluyendo la delegación en las Gerencias de Área, en el ámbito territorial del ejercicio de sus funciones, de
las competencias en relación con los contratos de suministros y servicios valor estimado sea
inferior a 1.800.000,01 euros.
No obstante, razones de eficacia, celeridad y coordinación en el ejercicio de las competencias asignadas aconsejan avocar la competencia delegada en las personas titulares de las
Gerencias de Áreas del Servicio Extremeño de Salud en relación con los contratos basados
del Acuerdo Marco del Plan AMAT-I de alta tecnología sanitaria para el suministro, respetuoso
con el medio ambiente, de salas de radiología para varias Comunidades Autónomas, centros
del INGESA en Ceuta y Melilla y organismos de la Administración General del Estado, AM
2023/136, sin perjuicio del resto de las delegaciones en vigor en la materia. Razones de la
misma índole aconsejan delegar dicha competencia en la persona titular de la Dirección General de Planificación Económica del Servicio Extremeño de Salud.
En virtud de cuanto antecede, y de conformidad con las facultades que me confieren los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así
como los artículos 72 a 74 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Avocar la competencia en relación con los contratos basados del Acuerdo Marco del
Plan AMAT-I de alta tecnología sanitaria para el suministro, respetuoso con el medio ambiente, de salas de radiología para varias Comunidades Autónomas, centros del INGESA en Ceuta
y Melilla y organismos de la Administración General del Estado, AM 2023/136.