Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061904)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Soterramiento de un tramo de la LAMT 4143-06-"Alburquerque" de la STR "San Vicente de Alcántara", de 20 kV, entre el apoyo 2136 y el CT "Cortijo Cobacha"", a realizar en el término municipal de San Vicente de Alcántara, en la provincia de Badajoz, cuya promotora es i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA24/2062.
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NÚMERO 92
Jueves 15 de mayo de 2025

27009

— Se deberá señalizar los conductores del tramo aéreo la línea eléctrica con dispositivos
señalizadores salvapájaros, instalando un elemento por cada 10 metros lineales, disponiéndose de forma alterna en cada conductor y con una distancia máxima de 20 metros
entre señales contiguas en un mismo conductor Se utilizarán salvapájaros de tipo aspa
giratoria.
d) Protección del paisaje
— Se dejará la zona de actuación perfectamente acondicionada una vez acabada la instalación.
e) P
 rotección de la calidad atmosférica (calidad del aire, ruido y contaminación lumínica).
— Se minimizará la generación de polvo mediante el empleo de lonas recubridoras en el
transporte, la limitación de velocidad de los vehículos y el control de las operaciones de
carga, descarga y transporte de material para minimizar la dispersión de partículas de
polvo por el entorno.
— Se controlará la emisión de gases contaminantes de los vehículos y maquinaria, así
como la generación de ruidos, con su continua puesta a punto.
f) Gestión de residuos.
— Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Deberán
habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en función de
su tipología, clasificación y compatibilidad.
— Los residuos de construcción y demolición (RCD) que se generen tanto en la fase de
construcción como de desmantelamiento de las instalaciones, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, cumpliendo en todo caso con lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero,
por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, y en el Decreto 20/2011, de 25 de febrero, por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los residuos de construcción y demolición
en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Se deberán realizar todas las operaciones de mantenimiento de la maquinaria en instalaciones adecuadas para ello, evitando los posibles vertidos accidentales al medio.
— Los aceites usados y residuos peligrosos que pueda generar la maquinaria de la obra,
se recogerán y almacenarán en recipientes adecuados para su evacuación y tratamiento
por gestor autorizado.