Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061853)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y Dialogo Social de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Almendral, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 92
Jueves 15 de mayo de 2025

26801

Tercero. Datos de carácter personal.
A) BASE NORMATIVA.
Las partes que suscriben el convenio quedan obligadas al cumplimiento del Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo
a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento General de Protección de Datos) (En adelante RGPD) y de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como su normativa de desarrollo.
B) O
 BLIGACIONES DERIVADAS del CONVENIO.


B.1) Obligaciones derivadas del convenio.




El Encargado y todo el personal bajo su control se obliga a:
a) Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su
inclusión, sólo para la finalidad objeto del convenio En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.



b) Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones documentadas del Responsable. Inclusive con respecto a las transferencias internacionales de datos, si el
Encargado debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al Responsable de esa exigencia legal de
manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de
interés público.



c) Llevar, por escrito, salvo que pueda acogerse a alguna de las excepciones del
artículo 30.5 del RGPD, un registro de todas las categorías de actividades de
tratamiento efectuadas por cuenta del Responsable, que contenga, conforme
al artículo 30.2 del RGPD:



1. E
 l nombre y los datos de contacto del Encargado y de cada responsable por
cuenta del cual actúe el Encargado.



2. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable.



3. U
 na descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad apropiadas que esté aplicando al tratamiento de los datos.