Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061853)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y Dialogo Social de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Almendral, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 92
Jueves 15 de mayo de 2025



26802

d) No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del Responsable, en los supuestos legalmente admisibles.



e) M
 antener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los
que haya tenido acceso en virtud del presente convenio, incluso después de
que finalice el mismo.



f) Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a
cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que el encargado les
informará convenientemente. El Encargado mantendrá a disposición del Responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de esta obligación.



g) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.



h) C
 uando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación,
supresión y oposición, limitación del tratamiento y portabilidad de datos ante
el Encargado, éste debe comunicarlo por correo electrónico a la dirección que
indique el Responsable. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y
en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la
solicitud, juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser
relevantes para resolver la solicitud.



i) Notificación de violaciones de la seguridad de los datos. El encargado notificará al Responsable, sin dilación indebida y a través de la dirección de correo
electrónico que le indique el Responsable, las violaciones de la seguridad de
los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente
con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la
incidencia. Se facilitará, como mínimo, la información siguiente.



— Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos
personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado
de registros de datos personales afectados.



— Datos de la persona de contacto del Encargado para obtener más información.



— Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de
los datos personales.