Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025061853)
Resolución de 6 de mayo de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Presidencia, Interior y Dialogo Social de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Almendral, para la implantación del Tribunal Único en los procesos de selección para la cobertura de plazas en las plantillas de Policía Local de Extremadura.
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NÚMERO 92
Jueves 15 de mayo de 2025
26808
trónicos, se deberá valorar la posibilidad de utilizar un método de cifrado para
garantizar su confidencialidad.
5. C
opia de seguridad. Periódicamente se realizará una copia de seguridad en
un segundo soporte distinto del que se utiliza para el trabajo diario. La copia
se almacenará en un lugar seguro, distinto de aquél en que esté ubicado el
equipo con los ficheros originales, con el fin de permitir la recuperación de los
datos personales en caso de pérdida de la información.
C.5) Verificación, evaluación y valoración periódica de las medidas de seguridad.
E
l Encargado implantará un procedimiento periódico que le permita verificar, evaluar y valorar, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas en
los sistemas de tratamiento, centros de trabajo y usuarios bajo su control.
D
e ese procedimiento periódico se derivarán la implantación de mecanismos adicionales para:
— Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resilencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
— Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida,
en caso de incidente físico o técnico.
— Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
L
as medidas de seguridad abarcarán la protección de los sistemas de información
así como de los sistemas de tratamiento manual y el archivo de la documentación.
L
a revisión podrá realizarse por mecanismos automáticos (software o programas
informáticos) o de forma manual.
C.6) Medidas de seguridad.
E
l Encargado dispondrá en todo momento de información actualizada sobre las
medidas de seguridad aplicadas y deberá proporcionarlas al Responsable cuando
éste las solicite y en todo caso siempre que haya cambios relevantes en su arquitectura de seguridad de la información.
D) P
ROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el encargado del tratamiento
acepta expresamente que la propiedad de la documentación y los trabajos realizados
Jueves 15 de mayo de 2025
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trónicos, se deberá valorar la posibilidad de utilizar un método de cifrado para
garantizar su confidencialidad.
5. C
opia de seguridad. Periódicamente se realizará una copia de seguridad en
un segundo soporte distinto del que se utiliza para el trabajo diario. La copia
se almacenará en un lugar seguro, distinto de aquél en que esté ubicado el
equipo con los ficheros originales, con el fin de permitir la recuperación de los
datos personales en caso de pérdida de la información.
C.5) Verificación, evaluación y valoración periódica de las medidas de seguridad.
E
l Encargado implantará un procedimiento periódico que le permita verificar, evaluar y valorar, la eficacia de las medidas técnicas y organizativas implantadas en
los sistemas de tratamiento, centros de trabajo y usuarios bajo su control.
D
e ese procedimiento periódico se derivarán la implantación de mecanismos adicionales para:
— Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resilencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
— Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida,
en caso de incidente físico o técnico.
— Seudonimizar y cifrar los datos personales, en su caso.
L
as medidas de seguridad abarcarán la protección de los sistemas de información
así como de los sistemas de tratamiento manual y el archivo de la documentación.
L
a revisión podrá realizarse por mecanismos automáticos (software o programas
informáticos) o de forma manual.
C.6) Medidas de seguridad.
E
l Encargado dispondrá en todo momento de información actualizada sobre las
medidas de seguridad aplicadas y deberá proporcionarlas al Responsable cuando
éste las solicite y en todo caso siempre que haya cambios relevantes en su arquitectura de seguridad de la información.
D) P
ROPIEDAD INDUSTRIAL E INTELECTUAL.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente, el encargado del tratamiento
acepta expresamente que la propiedad de la documentación y los trabajos realizados