Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanza No Universitaria. Premios. (2025061859)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2024/2025.
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NÚMERO 95
Martes 20 de mayo de 2025

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Tercero. Cuantía de los premios y financiación.
1. Se podrá conceder un premio extraordinario por cada mil estudiantes, o fracción superior
a quinientos, matriculados/as en el segundo curso de Bachillerato en los centros de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tanto público como privado, en las modalidades de
enseñanza presencial y a distancia en el curso 2024-25.
2. De conformidad con lo anterior, se podrán conceder un máximo de ocho premios extraordinarios, dotados cada uno de ellos con un importe de novecientos euros, que facultan
además para optar al Premio Nacional de Bachillerato, si fueran convocados.
3. P
 ara la financiación de estos premios se destinará la cantidad máxima de 7.200 euros,
que se imputarán con cargo a la aplicación presupuestaria 130020000/G/222G/48000/
CAG0000001/20030084 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de
Extremadura para el año 2025.
Cuarto. Presentación de solicitudes.
1. El alumnado que desee optar al Premio Extraordinario presentará su solicitud en el modelo
que figura como anexo I a la presente resolución, en el plazo de diez días hábiles contados
a partir del siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente
convocatoria y del extracto de la misma, conforme a lo establecido en el artículo 16.q) de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Acceso, cumplimentación y descarga de la solicitud. El proceso de cumplimentación y descarga de la solicitud podrá hacerse;
a) Siguiendo las instrucciones correspondientes publicadas en la página
https://rayuela.educarex.es/ , para ello deberán poseer credenciales (usuario y clave)
de la plataforma educativa “Rayuela”. Accederán a la solicitud y procederán a su cumplimentación on line, adjuntando la documentación complementaria, si la hubiera. Debe
existir plena identidad entre la solicitud cumplimentada telemáticamente y la solicitud
registrada posteriormente.
b) O bien descargando el anexo I, adjunto a esta resolución, cumplimentándolo de forma
manual, y adjuntando en el momento de su presentación la documentación complementaria, si la hubiera.
3. Una vez cumplimentada la solicitud (anexo I) y, en su caso, anexada la documentación
complementaria, y acorde a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la
solicitud y documentación para participar en esta convocatoria podrá realizarse: