Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanza No Universitaria. Premios. (2025061859)
Resolución de 5 de mayo de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2024/2025.
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NÚMERO 95
Martes 20 de mayo de 2025
28228
constituido por personas funcionarias de la Consejería con competencias en educación que
ejerzan la función inspectora o de profesorado de Educación Secundaria, especialistas de
las diversas materias que puedan tratarse en las distintas pruebas. Actuará como secretariado de la Comisión de Valoración una persona funcionaria de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional, con voz pero sin voto.
2. L
a Comisión de Valoración podrá contar con la colaboración de asesores especialistas.
3. La Comisión de Valoración se ajustará, en cuanto a su constitución y funcionamiento, a lo
previsto en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los miembros de la comisión
de valoración estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los ar
tículos 23 y 24 de dicha ley.
4. L
a comisión de valoración elaborará la relación provisional con las calificaciones obtenidas
en las pruebas celebradas el 17 de junio, y su publicación deberá realizarse en el Portal
Educativo Extremeño (Educarex), antes del día 28 de junio, para que, en el plazo de 5 días
hábiles, dicho alumnado pueda presentar las reclamaciones que considere oportunas. Las
reclamaciones desestimadas serán notificadas a las personas interesadas con indicación
del motivo. Una vez atendidas estas, la comisión publicará en el mismo lugar la relación
definitiva.
5. A
la vez que se hace pública la relación provisional de calificaciones, se publicará conjuntamente la fecha de la siguiente prueba; el ejercicio oral, cuyo contenido se explicita en
el resuelvo quinto, apartado 3 d), para los quince candidatos o candidatas que, hubieran
obtenido una mejor puntuación promedio en las primeras pruebas realizadas, ( comentario
de texto, análisis de un texto en la primera lengua extranjera cursada, y dos pruebas o
ejercicios sobre dos materias elegidas), posteriormente, se elaborará un listado provisional con las notas alcanzadas en esta segunda prueba, ejercicio oral, abriéndose de nuevo
un plazo de 5 días hábiles, para reclamaciones donde el alumnado podrá presentar las
reclamaciones que estime oportunas. Una vez atendidas estas, la comisión publicará en el
mismo lugar la relación definitiva de calificaciones.
6. La Comisión, atendidas las alegaciones, remitirá, antes del 31 de julio, el informe vinculante sobre el que se elaborará la propuesta definitiva de adjudicación, acompañada de las
actas de calificación correspondientes, al Servicio de Coordinación Educativa de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional.
Octavo. Resolución.
1. E
l Servicio de Coordinación Educativa elevará propuesta definitiva de resolución, a tenor
del informe vinculante realizado por la comisión de valoración, a la Secretaria General de
Educación y Formación Profesional para su resolución.
Martes 20 de mayo de 2025
28228
constituido por personas funcionarias de la Consejería con competencias en educación que
ejerzan la función inspectora o de profesorado de Educación Secundaria, especialistas de
las diversas materias que puedan tratarse en las distintas pruebas. Actuará como secretariado de la Comisión de Valoración una persona funcionaria de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional, con voz pero sin voto.
2. L
a Comisión de Valoración podrá contar con la colaboración de asesores especialistas.
3. La Comisión de Valoración se ajustará, en cuanto a su constitución y funcionamiento, a lo
previsto en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los miembros de la comisión
de valoración estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los ar
tículos 23 y 24 de dicha ley.
4. L
a comisión de valoración elaborará la relación provisional con las calificaciones obtenidas
en las pruebas celebradas el 17 de junio, y su publicación deberá realizarse en el Portal
Educativo Extremeño (Educarex), antes del día 28 de junio, para que, en el plazo de 5 días
hábiles, dicho alumnado pueda presentar las reclamaciones que considere oportunas. Las
reclamaciones desestimadas serán notificadas a las personas interesadas con indicación
del motivo. Una vez atendidas estas, la comisión publicará en el mismo lugar la relación
definitiva.
5. A
la vez que se hace pública la relación provisional de calificaciones, se publicará conjuntamente la fecha de la siguiente prueba; el ejercicio oral, cuyo contenido se explicita en
el resuelvo quinto, apartado 3 d), para los quince candidatos o candidatas que, hubieran
obtenido una mejor puntuación promedio en las primeras pruebas realizadas, ( comentario
de texto, análisis de un texto en la primera lengua extranjera cursada, y dos pruebas o
ejercicios sobre dos materias elegidas), posteriormente, se elaborará un listado provisional con las notas alcanzadas en esta segunda prueba, ejercicio oral, abriéndose de nuevo
un plazo de 5 días hábiles, para reclamaciones donde el alumnado podrá presentar las
reclamaciones que estime oportunas. Una vez atendidas estas, la comisión publicará en el
mismo lugar la relación definitiva de calificaciones.
6. La Comisión, atendidas las alegaciones, remitirá, antes del 31 de julio, el informe vinculante sobre el que se elaborará la propuesta definitiva de adjudicación, acompañada de las
actas de calificación correspondientes, al Servicio de Coordinación Educativa de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional.
Octavo. Resolución.
1. E
l Servicio de Coordinación Educativa elevará propuesta definitiva de resolución, a tenor
del informe vinculante realizado por la comisión de valoración, a la Secretaria General de
Educación y Formación Profesional para su resolución.