Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2025061808)
Resolución de 28 de abril de 2025, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan los premios "Tomás García Verdejo" a las buenas prácticas educativas en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso académico 2024/2025.
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NÚMERO 98
Viernes 23 de mayo de 2025

29085

Decimotercero. Datos de carácter personal.
Los centros educativos deberán disponer de la autorización correspondiente de los progenitores, tutores o tutoras legales de los alumnos y alumnas menores de edad para hacer públicas
imágenes de los mismos de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente sobre protección
de datos y sobre seguridad y confidencialidad de la información establecidas en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a
la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los
Derechos Digitales.
Decimocuarto. Régimen jurídico
Las ayudas convocadas se regirán por lo establecido en el Decreto 15/2025, de 25 de marzo,
de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, por el que se establecen las
bases reguladoras de los premios “Tomás García Verdejo” a las buenas prácticas educativas
en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm 62, de 31 de marzo), y por lo establecido en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, siendo igualmente de aplicación las disposiciones de carácter básico contenidas
en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones
básicas del Estado.
Decimoquinto. Recursos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, en
virtud de lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de
que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Decimosexto. Obligación de comunicar compatibilidad con otras subvenciones,
ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera
Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de
organismos internacionales.
1. La concesión de los premios regulados al amparo de la presente resolución será compatible
con cualesquiera otras subvenciones que pudieran ser concedidas para la misma
finalidad, siempre que el importe global de las mismas no supere el coste de la actividad
subvencionable.